Buenos días.
Si te digo la verdad no lo tengo muy claro... Cuanto más leo más me lío.
La regulación que me dices la encuentras aquí: "REAL DECRETO 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores."
http://www.derecho.com/xml/disposiciones/min/disposicion.xml?id_disposicion=42494&desde=min
Lo que pasa es que habla del fondo (refiriéndose al fondo de compensación, no de inversión), y de gestoras (que no son la entidad gestora del fondo de inversión, sino que creo que del fondo de compensación),... y al final se arma un galimatías que yo al menos (que soy cortito) no consigo descifrar.
La principal garantía de un fondo de inversión supongo que te la tiene que dar la entidad depositaria que es la que custodia los títulos (bonos, acciones, efectivo, etc). Me parece que es ésta la que tiene que estar adscrita al fondo de garantía.
La gestora lo que tiene que hacer es seleccionar los activos que va a comprar.
Las auditorías deberían de velar por que ambos hiciesen bien sus deberes (no de forma activa, pero si publicando documentos que los inversores pueden consultar).
Respecto a Gescartera, escuché (aunque no verifiqué) que sus fondos de inversión no se vieron afectados por la estafa, sino sólo la gestión de carteras (si alguien lo pudiese confirmar, pues supongo que aclarará algo más).
Lamento liar la cosa en lugar de aclarar.
Saludos.
Rafa.