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Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años

6 respuestas
Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años
Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años
#1

Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años

Según el SEPE: han de computarse los rendimientos íntegros  (bruto) del capital mobiliario, dinerarios o en especie, que provengan de elementos patrimoniales, bienes o derechos siempre que no sean inmobiliarios y no estén afectos a actividades económicas. Ej.: rendimiento de cuentas corrientes.
Quería confirmar que los reembolsos períodicos de los fondos de inversión e ingreso en mi cuenta corriente no se deben incluir en los rendimientos del capital mobiliario, solo las ganancias o pérdidas.
Mi razonamiento es que de la misma manera el dinero en cuenta corriente nos de incluiría sino solo los intereses.
Muchas gracias
#2

Re: Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años

El SEPE considera ingreso el rendimiento bruto de cualquier elemento patrimonial tanto inmobiliario (alquileres) como mobiliario (intereses, dividendos).
Si usted vende su participación en un fondo de inversión, como si vende una casa o acciones estamos ante algo diferente, una enajenación patrimonial y el SEPE considerara ingreso la diferencia entre el precio de venta y el de compra.
Los primeros son rentas periódicas que el SEPE imputará al periodo que correspondan (normalmente un mes), los segundos son pagos únicos y el SEPE los dividirá entre 12 aunque lo imputara solo a un mes.
Para complicarlo más, todo aquel patrimonio sea mobiliario o inmobiliario (incluidos los fondos de inversión) que no tenga un interés explícito; de los primeros; tendrá un interés presunto del 3% anual para el SEPE 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años

Gracias por tu aportacion, a  mi lo que me choca y creo que podria ser peleado es que el dividendo procedente de unas acciones se considere un ingreso. En el mismo momento que se paga se descuenta de la cotizacion de la la misma. La ganancia patrimonial es cero, pero si el sepe asi lo considera, no sera facil rebatirlo,
#4

Re: Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años

Muchisimas gracias por confirmar y tan reapido.

Saludos
Pedro
#5

Re: Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años

He vendido en junio de 2023 un inmueble que recibí en herencia en 2018 con un incremento patrimonial de 15.000 euros.
En 2023 sólo recibí el subsidio de desempleo en Enero y Septiembre-Diciembre.
Habría que dividir el incremento patrimonial entre 60 meses = 250 euros/mes?
#6

Re: Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años

Si en junio 2023 (fecha de la venta) no estaba percibiendo el subsidio, NO hay ninguna cuenta que hacer.
Esa operación no le afecta absolutamente en nada.
#7

Re: Fondo de inversión y subsidio de desempleo mayores de 52 años

Muchísimas gracias 👍