Igual esto también te ayuda:
Si tienes varias viviendas, para Hacienda sólo es habitual aquella en la que hayas residido durante más tiempo durante el ejercicio. Suponiendo que en 2007 hayas residido la primera mitad del año en la que estás intentando vender y la otra mitad del año en la adquirida en 2007, puedes, y así te conviene, aportar hasta 9.015 Euros con destino a la hipoteca de tu “ex vivienda habitual”.
¿Cuándo podrás deducirte lo aportado a la nueva Vivienda habitual?
A partir de cuando hayas destinado al pago de la recientemente adquirida, la misma cantidad que la que te sirvió de base para deducirte por la primera (+ la ganancia exenta por reinversión) . Consulta tus declaraciones anteriores y suma las cantidades que en todos los ejercicios anteriores te sirvieron de base de deducción. Si no dispones de todas las declaraciones en las que practicaste deducción, pide a la Administración que te facilite el importe total sobre el que has practicado deducciones, a través del Modelo 01.
Si, por ejemplo, tu nueva casa te ha costado (gastos incluidos ) 300.000 Euros y sobre tu ex vivienda ya te has deducido sobre una base de 100.000, sólo podrás deducir por 200.000 Euros. Pero no puedes empezar ya a deducir por la 2ª vivienda, sino a partir de que hayas destinado 100.000 Euros al pago de esa segunda vivienda habitual.