Estimado Johns :
Me temo que es así, aunque parezca injusto totalmente. De hecho, sé que es así, porque a mí me ocurrió algo muy similar, aunque no exactamente igual, ya que, en mi caso, la aportación se produjo en el mismo momento de la compra de la segunda vivienda.
En mi caso, yo tenía una vivienda a mi nombre, que vendí, y después -tras un periodo viviendo de alquiler, inferior a dos años- compré otra a medias con mi pareja. Mi pareja no era copropietaria de la primera vivienda, solo de la segunda. El dinero "sobrante" tras vender la primera vivienda y cancelar su hipoteca lo invertí íntegramente en la segunda. Pues bien, para Hacienda yo solo había invertido LA MITAD.
Para ellos, todo dinero que entra en una hipoteca de una vivienda en copropiedad, sea cual sea su origen, es APORTADO A PARTES IGUALES por los propietarios de la vivienda / titulares de la hipoteca. Incluso aunque el dinero proceda de la venta de algo que SE PUEDA DEMOSTRAR que era propiedad solo de uno de los propietarios.
De ese modo, si tu ganaste dinero con la venta de tu anterior vivienda, y solo eres copropietario del 25% de la segunda vivienda, realmente, para ellos, solo has invertido la cuarta parte de lo que aportas -demencial, ya lo sé-, por lo que Hacienda te reclama ahora el 19% sobre la plusvalía obtenida, es decir, sobre el 75% restante de lo aportado.
La interpretación de tu gestor de que aportas el 50%, y no el 25%, es también errónea para Hacienda. Al ser PROPIETARIO ÚNICO de la primera vivienda, lo que te están reclamando es qué parte de lo que, tú y solo tú, ganaste con su venta, has invertido en tu nueva vivienda habitual. Tu mujer no puede ser "aportadora" de nada, ya que en la primera vivienda NO TENÍA PARTE ALGUNA, si lo he entendido bien. Eres tú, como propietario único de la primera vivienda, el sujeto pasivo del impuesto, no el matrimonio. A no ser que la primera vivienda se hubiera ido pagando, en todo o en parte, después del matrimonio, en cuyo caso habría que calcular en que medida tu esposa es copropietaria de la primera vivienda. Pero creo que no es vuestro caso, por lo que comentas. Y, en todo caso, la pareja joven implicada en el caso NO ERA COPROPIETARIA de la primera vivienda.
Solo el caso de que los cuatro hubierais sido copropietarios de la primera vivienda, y también de la segunda, podría haberos librado de este problema. Las ganancias se hubieran dividido entre cuatro, igual que lo aportado.
Quizá puedas recurrir, pero en mi caso, yo no lo hice, porque la interpretación de lo que yo alegaba podia indicar que estaba haciendo una DONACIÓN NO DECLARADA a mi pareja -en tu caso, a tu mujer y a la pareja joven-, y podrían haberse liado más las cosas; me supuso un dineral, intereses de demora y una multa bastante llamativa. Y, encima, mis declaraciones de la renta posteriores a ese año -ya entregadas cuando me levantaron el primer expediente- estaban MAL, ya que no había alcanzado el límite para poder desgravarme de nuevo, lo que me supuso otras dos multas adicionales al rectificarlas, devolver lo desgravado e intereses de demora. Claro, eso me pasa por no poder viajar en el tiempo para rectificarlas... juas, juas...
Y, aún hoy, "estoy marcado" por Hacienda para que me revisen todos los años las declaraciones "con lupa". Menos mal que no me llevé el dinero a Suiza, en ese caso igual me metían en chirona -je, je, ironía-.
Por tanto, parece que este caso es bastante habitual, y debe haber ya jurisprudencia al respecto que le da la razón a Hacienda, es decir, otros muchos casos parecidos; de lo contrario no seguirían haciéndolo. Por ello, si recurres no creo que te den la razón.
Mucha suerte, en todo caso...