"...puesto que tambien tiene otro prestamo el poco dinero que consigue trabajando, se lo han metido en otro prestamo que tiene en esa entidad."
Vamos a ver:
Según el artículo 1172 del código Civil:
"El que tuviere varias deudas de una misma especie en favor de un solo acreedor, podrá declarar, al tiempo de hacer el pago, a cuál de ellas debe aplicarse."
O sea, que entiendo que es tu hijo, y no el banco, quien tenía la potestad de decidir a qué préstamo había que imputar las cantidades que entregaba.
Aunque no lo hubiera hecho constar así, el artículo 1174 del Código Civil dispone:
"Cuando no pueda imputarse el pago según las reglas anteriores, se estimará satisfecha la deuda más onerosa al deudor entre las que estén vencidas."
O sea: que el banco estaba obligado a imputar los pagos hechos por tu hijo a la deuda más onerosa para él. Y como deuda más onerosa hay que considerar aquella cuyo incumplimiento le suponía consecuencias más graves o más costosas. No haberlo hecho así podría incluso calificarse de haber actuado de mala fe por parte del banco.
Yo no soy abogado, sino un simple aficionado a las cosas del derecho. Pienso que te convindria consultar con alguno. De momento, y como la solución te urge, te sugiero que esta tarde, cuando vayas a ver al director de la oficina, le preguntes que por qué razón no imputó los pagos realizados por tu hijo a la deuda que para él era la más importante, y que vas a consultar con un abogado para ver si procede ponerle una demanda por haber actuado de mala fe. Pude ser que te conviniera llevarte un Código Civil y le mostraras los artículos que te cito.
Te deseo la mayor suerte del mundo, tanto a tí como a tu hijo. Espero que todo os resulte bien. Ya nos contarás.
Saludos cordiales.