Claro que se puede, no lo que no es posible es pagar impuestos por un valor de la finca que se supone inferior a su valor de mercado, con lo cual uno si quiere puede incluso regalar la finca, que para algo es suya, lo que no puede regalar ni minusvalorar es lo que son los impuestos porque no le pertenecen.
De todas formas en esto que en teoría de la mar de correcto, se producen como poco dos paradojas, una es que los valores catastrales no se han revisado a la baja, o la tablas de referencia del valor catastral por 2, x 3 ó x 4, en función del año que hubiera efectuado la revisión catastral en la zona, y con la caída de valores ni se han preocupado de "ajustar", siguen a su bola en un afán recaudatorio en mi opinión.
Y luego estaría lo que es cuando una finca procede de subasta entonces como ha sido ante un juez o el secretario judicial el valor otorgado en la orden no se revisa, el juez es la ley ....