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Ejecución préstamo hiopotecario por entidad bancaria

3 respuestas
Ejecución préstamo hiopotecario por entidad bancaria
Ejecución préstamo hiopotecario por entidad bancaria
#1

Ejecución préstamo hiopotecario por entidad bancaria

el banco popular español, tiene primera hipoteca, sobre una vivienda en valladolid y otra en renteria , en ambas la cuantia del principal es pequeña en comparacion con su valor de tasacion, 50.000 euros sobre vivienda tasada en un caso en 275.000 euros y en la otra en 250.000,,,,,la primera la esta ejecutando,yo tengo segunda hipoteca privada en ambos casos por aprox. 100.000 euros. Lo extraño del caso es que he ido a mirar cual es el valor de subasta que el banco popular pone a esas fincas y es ridiculo en comparacion a su valoracion cuando formalizo la hipoteca . El banco popular pone como valor para subasta el importe del valor del principal de la hipoteca que les concede, en ambos casos aprox. 40.000 euros. asi que si ejecuta la hipoteca, con principal, mas sus costas y gastos, me imagino perder mi garandia segunda caso de no poder defender la primera hipoteca? No tengo dinero para ello.yo estaba tranquilo porque pensaba que al adjudicarse por el valor que esos dos bienes tenian en su dia al 60% sobre 250.000 euroa, habria sobrante para que yo cobrase mis hipotecas. Que debo hacer? muchas gracias. Es el primer caso en el que me encuentro con que un banco tasa a efectos de subasta un bien por el valor de la hipoteca, a pesar de que la tasacion del bien es muy superior.

#2

Re: Ejecución préstamo hiopotecario por entidad bancaria

aqui tienes el articulo 659 de la L.E.C.
Artículo 659. Titulares de derechos posteriormente inscritos.

1. El registrador comunicará la existencia de la ejecución a los titulares de derechos que figuren en la certificación de cargas y que aparezcan en asientos posteriores al del derecho del ejecutante, siempre que su domicilio conste en el Registro.

2. A los titulares de derechos inscritos con posterioridad a la expedición de la certificación de dominio y cargas no se les realizará comunicación alguna, pero, acreditando al Secretario judicial responsable de la ejecución la inscripción de su derecho, se les dará intervención en el avalúo y en las demás actuaciones del procedimiento que les afecten.

3. Cuando los titulares de derechos inscritos con posterioridad al gravamen que se ejecuta satisfagan antes del remate el importe del crédito, intereses y costas, dentro del límite de responsabilidad que resulte del Registro, quedarán subrogados en los derechos del actor hasta donde alcance el importe satisfecho. Se harán constar el pago y la subrogación al margen de la inscripción o anotación del gravamen en que dichos acreedores se subrogan y las de sus créditos o derechos respectivos, mediante la presentación en el Registro del acta notarial de entrega de las cantidades indicadas o del oportuno mandamiento expedido por el Secretario judicial, en su caso.
Ve a hablar con secretario que lleva la ejecucion y a ver que te dice, supongo que te obligara a que te presentes con abogado, pero primero personate tu y demuestra tu derecho,asi podras oponerte a lo que estan intentando hacer.
Un saludo

#3

Re: Ejecución préstamo hiopotecario por entidad bancaria

muchas gracias....el problema es que no tengo liquidez para pagar las primeras hipotecas de ambas fincas, que solo son de 40.000 euros cada una, y por no poder defenderlas puedo perder los 100.000 que tengo yo invertidos en cada hipoteca. Me sorprende como el banco popular hace constar en el registro como valor a efectos de subasta en caso de ejecucion el de su hipoteca, es decir 30.000 euros de principal, en cada finca,cuando el valor de cada finca es de aprox. 250.000 euros.

#4

Re: Ejecución préstamo hiopotecario por entidad bancaria

ese articulo te permite que se tenga en cuenta tu deuda y que la casa se tasa por un precio real y si en la subasta sale dinero de mas pues seria para ti. NO obstante, al deudor le puedes perseguir por otras vias para cobrar la deuda no desaparece si la garantia.
UN saludo