Re: Herencia entre varios hermanos
No veo que se den los requisitos para adquirir el dominio por usucapión (artículo 1941 CC y toda la jurisprudencia que lo interpreta).
No veo que se den los requisitos para adquirir el dominio por usucapión (artículo 1941 CC y toda la jurisprudencia que lo interpreta).
Pues igual estoy equivocado, pero es el mismo caso que mi padre, calcado; yo no soy abogado, pero esto es lo que nos dijo el abogado que llevó el tema en 2009, es una de esas cosas recordaré siempre...
Te dejo el enlace del que nos llevó el tema, lo he buscado en el hotmail por las fechas y aún está, mira aqui :
http://respuestasenderecho.blogspot.com.es/2009/10/la-usucapion-o-prescripcion-adquisitiva.html
Nada que objetar a lo que se relata en el enlace, que evidentemente no es un tratado de derecho sobre la materia.
Tradicionalmente ha sido negada la posibilidad de que un comunero pueda adquirir por usucapión la totalidad del bien en perjuicio del resto de comuneros. Así lo señala la SAP, Civil sección 21 del 05 de Junio del 2012 al referir que: "Al comentar este precepto se plantea la doctrina la posibilidad de la usucapión por uno de los comuneros, en su favor, de la totalidad del dominio de una de las cosas integrantes de la comunidad, frente a resto de los comuneros. Posibilidad que es categóricamente negada por García Goyena ya que, en base a lo dispuesto en el Código Civil, "la posesión del comunero aprovecha a todos los demás". Y, en el mismo sentido, se pronuncia Manresa, porque "la posesión del comunero no es propia ni personal sino que posee esa representación y en provecho de toda la comunidad". Posibilidad que también es negada en la sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 17 de noviembre de 1991 en la que se indica que "todo proindiviso excluye el descuido, la tolerancia o el abandono en que ha de descansar la prescripción ".
Hola a todos, en especial a jinete nocturno que veo que tiene bastante información sobre el tema.
Yo escribo como "afectado" por una empresa de compra de indivisos.
Busco luz sobre este tema pues desconocía que existían...Nosotros no es que no quisiéramos vender si no que las propiedades no se vendían con esta crisis en la que estamos todo el país. Siendo 5 hermanos contra 2 en opiniones, hemos recibido una carta donde se nos obliga al resto a abonar la parte que les corresponde a los 2 que han vendido a la empresa. Ellos no han abaratado la cantidad a percibir, piden lo que por herencia les corresponde, y se lo debemos abonar en el plazo de 1 mes . El problema no sería tal si todos tenemos el dinero liquido, ( aun fastidiando que se lleven tus ahorros que tanto esfuerzo te ha costado mantener), pero es que no todos tienen el dinero para pagar y acabar con esto...
¿ Qué hacer en estos casos ? Hablan de subastas...pujas que seguro no seríamos capaces de realizar..( Si supierais de cantidad hablamos...para nada de millones y millones). Pero una subasta total sería imposible para nuestros ahorros...
No me puedo creer que en esta vida, 2 ganen a 5...que una empresa pueda obligar a abonar todo en un plazo de un mes sin opción alguna...
Por favor, yo quiero el bien para todos, no destrozar familias hasta el punto de quitarles todo al resto...
¿ Que solución podríamos tomar para que todos ganásemos lo que nos corresponde? Y lo más importante para que no se lleven nuestros ahorros, y si no los tenemos para darle la cantidad?? perderíamos todo?
Espero que alguien nos ayude, no somos personas de carreras y desconocemos la ley...
Gracias a todos.
Hola Marga,
Piensa que yo no soy abogado ni me dedico a esto, lo que se es solo por experiencia, pasé por una situación así.
Por lo que escribes, imagino que teníais el bien en venta y que 5 no queríais bajar de cierta cantidad para vender, en cambio los otros 2 se conformaban con mucho menos, como no se vende al precio que queréis los 5 por ser alto para esta época, y no queréis/podéis comprar la parte a los otros 2, éstos han ido a una empresa de pro-indiviso, y esta empresa les ha comprado a estos 2 su parte del bien. ¿es así?
Si estoy en lo cierto, la empresa pro-indiviso os ofrece el derecho a tanteo, están obligados. Todo se resume en que tu puedes vender tu parte de un piso a quien quieras, pero tienes que informar al resto de copropietarios de esta venta, y si algún copropietario iguala la oferta que te han hecho por tu parte, éste tiene prioridad para quedársela pues ya posee una parte de la propiedad.
Normalmente, por lo que nos tocó vivir, se gana más poniéndose de acuerdo entre todos para vender el bien a un tercero o que se lo quede uno de los hermanos pagando al resto la parte proporcional, si solo es una operación de compra-venta no tiene ningún misterio, puedes ganar más o menos y tardar también más o menos, pero cuando se mezcla con relaciones familiares, es difícil, salen historias de hace 40 años...
Yo de ti le preguntaría directamente a los 2 que han acudido al pro-indiviso para hacer una composición de lugar de la situación, a ver si han vendido mediante contrato privado su parte (firmándolo) o si solo es intención; si no han firmado nada, yo intentaría llegar a un acuerdo, si no podéis comprar su parte, pues vendiendo el piso a un tercero aunque sea ganando mucho menos y acabar con el problema. Si han firmado un contrato privado, pues tenéis un problema, entonces llamaría a esta empresa y les preguntaría que me ofrecen por mi parte, luego ya valoraría...
Si algo me atrevo a aconsejarte es que no mires el inmueble como un recuerdo familiar, míralo como un negocio/problema a solventar, ahora ya no es un hogar, es solo un inmueble que está en venta.
Insisto que no soy profesional de esto, solo expongo lo poco que sé por lo que nos tocó vivir. Si alguien sabe más que yo o cree que me equivoco, pues que me corrija.
Saludos.