Comisión Cancelación Registral Hipoteca Barclays: 90 euros recuperados!!
Cuando terminé de pagar mi hipoteca, decidí llevar a cabo la cancelación registral de la misma. Me dirigí a mi sucursal de Barclays donde me pedían una provisión de fondos para realizarla ellos. Como había visto en esta web los pasos que debía dar, les indiqué que los haría yo mismo. Bien, pero tiene Vd. que pagar 90 euros de comisión por "preparación de documentación".... perdone, qué me está Vd. contando? Si, sí, lo que oye, y me tiene Vd. que firmar de acuerdo en este impreso, en caso contrario ... Bien, llegados a este punto firmé y no me quejé, consciente de que quería llevar todo por las buenas y lograr terminar el proceso. Cuando finalicé los trámites y obtuve la cancelación registral me dije: ahora voy a dar guerra:
Lo primero fue un correo electrónico al servicio de attn. al cliente de Barclays. Es imprescindible hacer esto y quedarse con copia. En un mes te responden con una carta a tu domicilio: consérvala.
Luego llega lo importante: reclamación en la web del Banco de España adjuntando estos documentos. Además me solicitaron copia del préstamo hipotecario y de la oferta vinculante caso de conservarla y del certificado de "deuda 0".
Resultado en una semana: llamada de Barclays para devolverme los 90 euros y a los tres días ya estaban ingresados en mi cuenta, que por cierto era de otro banco porque ya había cancelado todos los productos que tenía con ellos.
Os animo a que sigáis mi ejemplo y reclaméis esa comisión abusiva. Lo mejor no son los 90 euros, si no la victoria moral que representa!!!
Os dejo a continuación, por si os resulta de interés, los pasos que seguí para realizar la cancelación registral:
CANCELACIÓN REGISTRAL PRÉSTAMO HIPOTECARIO
1.- SUCURSAL BANCARIA:
Solicitar el certificado de deuda 0, un documento gratuito en el que se acredita que el préstamo ha sido cancelado.
Importante: pueden contarte cualquier milonga, pero tenemos derecho a realizar los trámites nosotros mismos; no lo digo yo, lo dice el Banco de España (BdE).
2.- NOTARÍA:
De libre elección. Coste: en mi caso 150 €.
Con el documento del punto 1, junto con la copia del préstamo hipotecario, se solicita la escritura pública de cancelación del préstamo hipotecario.
El apoderado del banco se tendrá que desplazar a la notaría para firmar. No puede cobrar por ello; no lo digo yo, lo dice el BdE.
Nos hacen entrega de la escritura y una copia simple.
3.- DELEG. HACIENDA / OFICINA LIQUIDADORA:
En la Delegación de Hacienda u Oficina Liquidadora (en el caso de que exista una en la localidad en la que está registrada la finca), se rellena el formulario 601 (Actos Jurídicos Documentados) cuyo importe es de 1 €.
Existe la posibilidad de descargarse un programa para rellenar e imprimir este documento, que en mi caso no funcionó. En el caso de Madrid, este es el enlace:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?cid=1142343882398&pagename=Contribuyente%2FPage%2FCONT_contenidoFinal
Este documento se rellena de forma sencilla y se cumplimentan los datos correspondientes a SUJETO PASIVO (Declarante), LIQUIDACIÓN (la cancelación de préstamo hipotecario está exenta) y PRESENTADOR (sujeto que presenta el formulario).
Hay que acompañarlo de la escritura y copia simple del punto 2. Llevad el DNI por si acaso.
Nos devuelven el ejemplar para el interesado.
4.- REGISTRO DE LA PROPIEDAD:
Con la escritura y copia simple, junto con el ejemplar del punto 3, se acude al registro donde figura inscrita la finca y se deposita una provisión de fondos para proceder a la cancelación registral y emisión de una nota simple.
Me llamaron en una semana y el coste fue de 133 €.
Por este proceso, que es más sencillo de lo que parece, el banco pretendía cobrarme 800 €,