Miguel B. no quiero entrar en una conversación sin contenido, por que creo que aporta poco al foro.
Normalmente en la escritura de cancelación de la hipoteca antigua, comparece apoderado del banco acreedor y da certificado de deuda O y carta de pago y se compromete a otorgar los documentos que sean precisos hasta la cancelación en el registro.
La cancelación registral de una Hipoteca, siempre y cuando se cumplan los requisitos expuestos en el párrafo anterior, es una cosa completamente INOCUA.
Quien más mira esto es el nuevo banco acreedor, puesto que NINGUNO, financia para que su hipoteca se coloque detrás de otra (HIPOTECA DE SEGUNDO RANGO) aunque esta esté cancelada económicamente.
La Gestoría cuando hay financiciación de por medio, no la elige el comprador, la impone el banco nuevo, y es gente que vive de esto, imagínate la cagada que el banco (que es el cliente de la gestoría, no el comprador ni el vendedor)no consiguiese la cancelación registral de una hipoteca cancelada económicamente, se quedaría sin clientes, nunca lo he visto y llevo en esto más de veinticinco años.
He realizado cientos de operaciones como la que estoy describiendo y no he tenido nunca problemas, en unidad de acto y con tres números de protocolo seguidos se firma la cancelación, compraventa e hipoteca nueva.
El problema se puede generar, como muy bien indica la gestoría, si el comprador no lleva financiación, paga el precio y no retiene los gastos de cancelación, (que por otro lado son mínimos, puesto que las cancelaciones hipotecarias están exentas de AJD), normalmente los vendedores luego no quieren saber nada de gastos (algunos, también los hay honrados y muchos) y se genera un problema de costo para el comprador.
Pero allá cada cual que haga lo que quiera. Por mi parte, Corto y Cambio.