Una cosa hay clara: que no puedes deducirte por adquisición de vivienda habitual, si no resides en ella.
Imagina, que tienes tu vivienda habitual en Valencia y por motivos de trabajo, cambias tu domicilio a Lugo. Si permaneces más de la mitad del periodo impositivo en esta última ciudad, ya tienes que indicar en tu declaración de IRPF que vives en la Comunidad de Galicia. Y si ya estás obligado a declarar que vives en Lugo, a ver como te las apañas para practicar la deducción por una vivienda que se encuentra en la Comunidad de Valencia.
Evidentemente habrá innumerables situaciones que las declararemos como más nos interese o interpretemos que es lo correcto. Pero no hay que olvidar que los señores de la Agencia Tributaria, también tienen su criterio interpretativo que puede ser que no sea coincidente con el nuestro y con nuestros intereses.
Saludos.