A veces, los post más tontos son los que más suben. Y este es uno de los más tontos.
En primer lugar aquí no hay ningún error. En las Notarías, hay unos modelos que copian por defecto salvo los datos de importancia que les den los que van a firmar. En las Escrituras hay mucha literatura jurídica, clausulas irrelevantes, pero que hay que ponerlas.
Quien va a una Notaría debe dar un borrador por escrito con los datos importantes: Nombre, precio, forma de pago, etc. No vale decir: es que yo creía que el Oficial había entendido...
El oficial entiende lo que le des por escrito y no tiene que suponer nada.
Un error sería que se equivocase en el precio, pero de eso seguro que se darían cuenta al firmar.
Todo lo demás es relleno que ponen siempre los Notarios, salvo que los firmantes le digan otra cosa.
Y en segundo lugar, aunque se haya firmado la Escritura se puede hacer alguna alteración siempre que sea para modificar algo irrelevante o, si es importante, que estén de acuerdo las dos partes y que así lo manifiesten.
Después de firmar una Escritura lo que hay son unas hojas sueltas en las que el oficial puede hacer algunos pequeños cambios. No hace falta ni que se entere el Notario.
Pero una vez que la Escritura se ha sellado, grapado, se le ha dado un Numero de Protocolo y se ha hecho una copia autorizada ya no se puede cambiar nada. Esto es elemental.
Desde ese momento, lo único que cabe es hacer una Escritura de subsanación.
En este caso, el oficial puso los datos que le dieron y el resto es relleno sin importancia. Y cuando una pareja disuelve la sociedad conyugal creo que será normal que se de un plazo prudencial para que quien deja el piso recoja sus pertenencias.
Él no le dijo nada al oficial o, si la otra persona tiene cosas dentro, le diría que necesita un plazo para sacar sus cosas.
Y si hubiese ido a hablar amablemente con el Oficial se lo hubiese explicado o hubiese modificado esa cláusula siempre que no se oponga la otra parte. Pero si va con malos modos pues el oficial no le hace ni caso y ni se pone al teléfono. Eso es normal.
Pero es que no se a que viene ese lloriqueo. Él vive solo en el piso, ¿qué perjuicio le puede ocasionar a una persona normal que otra pueda ir en el plazo de dos meses a recoger sus cosas? Ninguno.