¿Por qué no me aplican el IRPH de entidades?
hola buenas
El caso es que mi madre tiene una hipoteca con la caixa. Tenia IRPH cajas y como sustitutivo el CECA. Le aplicaban el irph cajas del mes de septiembre. Este año estamos pagando un 4.19 % en intereses, osea el irph cajas de septiembre del año pasado mas un diferencial del 0.25%
Como el año pasado desaparecio tanto irph cajas como ceca, se supone que a partir de ahora tendrian que empezar a cobrar el irph entidades. Sin embargo parece que no quieren cambiarlo
Hace unos dias nos llega dos notificaciones a traves de la cuenta por internet y dice esto:
Crédito abierto núm. 9320-0xxxx (la disposición)
Apreciado señor/Apreciada señora:
El pasado Z7 de septiembre fue aprobada la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización, que dispone la desaparición de los índices oficiales utilizados como referencia para el
cálculo de los intereses de la operación de referencia, en adelante "la Operación".
Para determinar el tipo de interés o índice sustitutivo, dicha disposición se remite con carácter prioritario a
lo previsto en el contrato. En su caso particular, ello significa que el tipo de interés que se aplicara a su
Operación será fijo y coincidirá con el tipo de interés que se estuviera aplicando durante el anterior periodo
de revisión de intereses, esto es el 4,190 % nominal.
La sustitución del tipo desplegará a partir del próximo periodo de revisión de tipos de interés y hasta el
vencimiento final de la Operación.
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Crédito abierto núm. 9320xxxxxx(2a y posteriores disposiciones)
Apreciado señor/Apreciada señora:
El pasado Z7 de septiembre fue aprobada la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización, que dispone la desaparición de los índices oficiales utilizados como referencia para el
cálculo de los intereses de la operación de referencia, en adelante "la Operación".
Para determinar el tipo de interés o índice sustitutivo, dicha disposición se remite con caracter prioritario a
lo previsto en el contrato. En su caso particular, ello significa que el tipo de interés que se aplicara a su
Operación será fijo y coincidirá con el tipo de interés que se estuviera aplicando durante el anterior periodo
de revisión de intereses, esto es el 4,940 % nominal.
La sustitución del tipo desplegará a partir del próximo periodo de revisión de tipos de interés y hasta el
vencimiento final de la Operación.
Por otra parte, junto con la sustitución del tipo, se dejarán de aplicar las bonificaciones de los tipos de
interés, de acuerdo con lo establecido en el compromiso de bonificación de tipos de interés suscrito con
Vd.
¿No me van a aplicar el IRPH entidades?