Hay que partir de la base, y esto desde siempre, que “vale más un mal acuerdo, que un buen juicio”, en estos momentos es una afirmación más válida que nunca, pensemos que hoy las entidades financieras no se pueden permitir el lujo de “meter en fallidos o en deuda de dudoso cobro” ningún importe más de lo que sea estrictamente necesario y con mínimas posibilidades de éxito o de recuperación aunque sea parcial, por tanto que las entidades financieras tienen “la sartén por el mango” por los contratos de los que disponen, es como mínimo opinable , obviamente no aceptarán cualquier cosa, y no puede ser de otro modo, en las empresas actuamos igual con las deudas de nuestros clientes, cuando las cosas se tercian, procuramos agarrar las máximas garantías. Pensemos que yo tengo un pagaré vencido de 5.000 € de un deudor de nuestra empresa (lamentablemente alguno hay), y además con la declaración de impago correctamente insertada por la entidad tomadora/negociadora del documento (nuestro banco), tengo un documento ejecutivo para ir contra el deudor inmediatamente, pero pensemos a la vez que el cliente es una buena persona (aunque esto no va si es buena o mala persona, pero no es menos cierto que la buena voluntad es una ayudita), pongamos que me propone 5 plazos de 1.000 cada uno pagaderos el 10 de cada mes, ¿parece lógico y coherente?, si, entonces ¿Lo debo aceptar?, pues así visto parecería que sí, pero pensado con mentalidad empresarial, no puedo aceptar esta demora porque en 5 meses pueden haber cambiado las cosas y para mal, en consecuencia o me da una garantía adicional, como por ejemplo que en los pagarés de 1.000 €, por su reverso nos inserte la frase “por aval de D. Tal (el empresario de forma privada), o probablemente tendremos que ir a la ejecución del pagaré de forma inmediata. Ya sé que es muy duro tener que actuar de esta forma, pero las cosas son como son, y como empresa o hago mi trabajo que entre otros es conseguir que los problemas económicos de los demás no nos arrastren al pozo a nosotros, o para que me contrataron.
En fin, no sé si te vale como idea, tienes una hipoteca sobre un terreno, que avalas personalmente, y a la vez has garantizado la deuda con tu patrimonio personal presente y futuro, con lo cual tu vivienda puede perfectamente verse arrastrada al abismo, por tanto el banco o caja tiene un problema, cierto ¿verdad?, pero no es menos cierto que tú tienes otro igual o mayor que ellos, y la idea es ¿tu vivienda tiene parking?, si es así no podrías negociar la cesión o dación del terreno hasta un determinado valor, y para el resto entregar la hipoteca de tu parking o directamente hacer la dación del mismo de forma que te quedes sin poder aparcar tu vehículo pero que salves tu piso ….. no sé puedes darle vueltas a ideas de este estilo …..
No olvides que las entidades financieras deben velar por los intereses de sus depositantes, de sus accionistas, o en el caso de cajas de ahorros de su obra social, que es su razón de ser, y en ningún caso podemos pensar que las entidades financieras son mala gente al forzar las situaciones, esto lo hacemos todos los que tenemos un cargo en alguna empresa, las entidades financieras nos otorgan crédito con la pretensión de recuperar su inversión en nosotros, y si las cosas se tercian aunque correspondan a situaciones no buscadas por nosotros, justa o puede que injustamente, debemos responder por ello.
Por último, insisto, los "inventos del TBO" como ventas "arregladas", "hipotecas a favor de personas vinculadas", etc, le pueden a uno estallar en los morros.