Re: Claúsula suelo Banco Popular - Cláusula suelo
sigo ............... entonces podrás ir al Banco de España (BdE) y con el argumento éste de la página 85 .... existe la posibilidad de que cuando dicho BdE les comunique (al Popular) que "ha entrado tu queja" y ante el ya establecido argumento de mala praxis de la página 85, puede ocurrir que el banco se allane (acepte tus tesis) y te la elimine.
Ahora bien, y enlazando tanto con lo que te indica Federico y también Pachi74, yo te estoy hablando de una reclamación administrativa, por la cual y si se consigue el objetivo, te puedes olvidar de que de devuelvan pagos atrasados, si te la elimiman, y son muchos los casos en los que lo haces (no todos), es desde el momento que lo aceptan, de "lo viejo" ni hablar, si bien te recomiendo que pidas devolución de los excesos de cuota pagados, nunca se sabe, aunque insisto, hoy por hoy, nada de retroceder "viejo".
Esta que te comento es la vía administrativa, el Servicio de Atención al Cliente y el Banco de España. La otra vía que sugiere Federico y que tomó en su momento Pachi 74, es la judicial, por la cual tampoco es garantia de ganar, pero si que es un hecho que se ganan muchas mas demandas de las que se pierden, la diferencia es por goleada, pero como bien sabes, la administración de justicia no son matemáticas.
¿Que sistema es mejor, el judicial o el administrativo? Pues ninguno de los dos, son complementarios, por la judicial, si se gana, recuperas todo y puede que los gastos también, pero tendrás que avanzar dicho dinero al abogado, o bien llegar a un acuerdo con él, por el cual te cobra menos de lo que corresponde, pero si ganas, se queda con un porcentaje. Vamos que el lugar de pagar los honorarios "normales", acordar que te cobre menos, pero si gana, pues eso, se queda un %.
La vía judicial es bastante más lenta que la administrativa, que tampoco es rápida, pero son dos meses del SAC, y el Banco de España, si hay que ir, pues depende, si el banco acepta tu tesis, con unos dos meses o tres más, acabas el problema, pero ojo, de retroactividad (devolver) de momento cero por la vía administrativa, no, no miento, en algun caso se ha conseguido que "tiren pa tras" uno, dos meses, o a tres a sumo. En la judicial lo normal, que no automático, pero repito, muy habitual, es conseguir devolución desde mayo de 2013, y algunos casos muy contados, incluso más tiempo. En "administrativa", puedes hacer la reclamación tu misma o a través de un asesor o una web, y es bastante barato.
En muchos caso depende tomar una determinación y otra, si la hipoteca es de mucho dinero o no, de alguna forma el importe de devolución que se pueda conseguir por la vía judicial, si es poca, debido a una hipoteca por ejemplo de 50-6o ó 70.000 € o si por el contrario es una hipoteca de 200, 250 .... que la devolución puede ser mucho dinero.