Si he llegado a un acuerdo con el banco ¿puedo reclamar que me devuelvan lo cobrado en la cláusula suelo?
La Ley dice que la renuncia previa por los consumidores y usuarios a sus derechos es nula, es decir: es como si no existiera.
De otra parte, hay que advertir que el acuerdo que has firmado con el Banco es un contrato en sí mismo y como tal puede tener cláusulas abusivas y por lo tanto nulas de pleno derecho. En concreto, la Ley señala que será nula toda cláusula de un contrato que imponga una “renuncia o limitación de los derechos del consumidor y usuario”. También serán nulas por abusivas las cláusulas que contengan “declaraciones de recepción o conformidad sobre hechos ficticios”.
En conclusión, por tanto, a la luz de la legislación expuesta, la reclamación del dinero cobrado indebidamente como consecuencia de la cláusula suelo puede reclamarse aun cuando el consumidor haya firmado un acuerdo renunciando a sus legítimos derechos.
En estos dias los bancos ante la previsible resolución del TJUE del próximo 26 de abril van a intentar alcanzar acuerdo con los afectados, es conveniente que sepáis lo que realmente os tienen que devolver, ya que no debéis fiaros del importe que os ofrezca el banco.
Podeis consultar el simulador de la Fundación Youbank: