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Desgravación por anexionar un piso.

7 respuestas
Desgravación por anexionar un piso.
Desgravación por anexionar un piso.
#1

Desgravación por anexionar un piso.

Hola:
Tengo un vivienda muy pequeña que estoy pagando y por la que desgravo por ser primera vivienda. Me ha surgido la posibilidad de comprar el piso vecino. Pero claro, no es primera vivienda. Si hago una división horizontal y lo meto como primera vivienda (es decir todo junto ya que están pared con pared) 1. ¿podría seguir desgravando por ese piso? 2. He oído que piensan quitar la desgravación por vivienda ¿cuándo será? ¿me afectaría? 3. Si mi mujer y yo aparecemos juntos en esa hipoteca ¿no podríamos desgravar el 15 % de 9000 + 9000€?
Muchas gracias.

#2

Re: Desgravación por anexionar un piso.

1.- La deducción por adquisición de vivienda es por la compra de la vivienda habitual. Se asimilan a compra la construcción (con requisitos) y la ampliación de forma permanente y estable. Si compras el piso de al lado y lo unes con tu vivienda habitual, para que todo forme tu vivienda habitual podrás seguir deduciendo por los pagos para la adquisición de la antigua y por los pagos por la adquisición de la ampliación (la nueva).

2.- Lo único que se conoce hasta el momento son declaraciones de intenciones y globos sonda.

3.- No basta con que los dos aparezcais. Además los dos debéis de estar adquiriendo la titularidad jurídica (propiedad) sobre vuestra vivienda habitual. Dependerá de cómo comprastéis la vivienda, del régimen económico matrimonial y del origen de los fondos con los que se paga esa vivienda. Deberías de concretar más para poder "atinar".

Saludos.

#3

Re: Desgravación por anexionar un piso.

Buenos días al.rodrigo,

Una pregunta sobre el régimen económico matrimonial, en Cataluña, si un miembro de la pareja tiene una propiedad, al casarse, la propiedad sigue siendo solo de ese miembro verdad segun el régimen económico habitual en Cataluña?
Saludos y gracias.

#4

Re: Desgravación por anexionar un piso.

Eso no solo es en Cataluña ya que son propiedades previas al matrimonio.

En Cataluña por defecto uno se casa en separación de bienes, en el resto de españa en gananciales. Pero esto afecta a lo que se obtiene tras el matrimonio no previamente.

#5

Re: Desgravación por anexionar un piso.

Hola Kretan,

Entonces es tal como digo, verdad?si la propiedad es antes de estar casado, una vez casado, sigue siendo solo de 1?
Y es posible, una vez casados, que el conyuge que no tiene la propiedad, adquiera una el solo?

Gracias.

#6

Re: Desgravación por anexionar un piso.

No se yo no soy abogado ni entiendo tanto de fiscalidad... te podría liar si te contestara pero lo previo al matrimonio es previo. Otra cosa es que luego se pague entre los dos o se arregle el tema.

Para todo hay soluciones habría que saber en que regimen estás casado y entonces podrás quizá adquirirlo solo por que además del piso lo que antes era de cada uno también era de cada uno.

#7

Re: Desgravación por anexionar un piso.

Si se está casado en Gananciales, aunque sólo firme la compra uno de los cónyuges, se considera que compra para dicha sociedad.

No obstante, se puede comprar para uno solo, si el otro cónyuge lo autoriza y reconoce que no formará parte de dicha sociedad ganancial, siendo por tanto dicho bien exclusivamente privativo de uno de los esposos.

Si dicho bien privativo (ya sea por compra anterior o constante matrimonio) es la vivienda familiar, aunque el otro cónyuge no sea titular del mismo, deberá consentir cualquier acto de disposición(p.ej, hipoteca o venta) sobre ella. Si no es vivienda familiar, deberá mencionarse expresamente tal hecho en cualquier acto de disposición posterior.

Esto todo es asi, por que en nuestro ordenamiento, que de forma general conceptúa la copropiedad por cuotas de origen romano (como una situación de eventualidad y establece por ello el derecho de los condóminos a instar la división de la cosa común mediante la Actio comunni dividundo), admite excepciones de coopropiedad en mano comun o germánica, como en la sociedad de gananciales.

He dicho

S2

#8

Re: Desgravación por anexionar un piso.

Estando de acuerdo con las respuestas, creo necesaria una aclaración en el régimen económico de gananciales.

Todos los bienes adquiridos antes del matrimonio tienen carácter privativo, independientemente de si se pagan a plazos, incluso ya celebrado el matrimonio, y siendo indiferente la procedencia de los fondos (privativos o gananciales). En caso de ser la procedencia de los caudales ganancial, el cónyuge propietario estará adquiriendo una deuda con la sociedad de gananciales.

Pero existe una excepción, la vivienda habitual. Que será privativa de cada uno de los cónyuges en la proporción pagada con caudales privativos y ganancial en la proporción pagada con caudales gananciales, todo ello sin tenerse en cuenta cómo esté escriturada.

Saludos.