Hola jc0536, buenas noches.
De momento y hasta ahora lo ha seguido haciendo el comprador de la vivienda a pesar de estar la Sentencia del Tribunal Supremo 705/15. Ahora mismo hay unas cuantas entidades financieras que están planteándose dejar de repercutir los gastos de la formalización de la Escritura Hipotecaria al comprador para evitar litigios posteriores (Santander, CaixaBank, Bankia, Ibercaja y Sabadell), según el articulo siguiente del periódico El País del 5 de Enero de 2017:
http://economia.elpais.com/economia/2017/01/04/actualidad/1483563527_881277.html
Pero también es cierto que no va a ser gratis, es decir, que se están planteando revisar las condiciones de sus hipotecas para cobrar al menos, parte de ese dinero que van a dejar de cobrar por dicha clausula. (Por ejemplo subida del diferencial, cobro de comisión de apertura...Al menos será legal).
En caso de formalizar un préstamo con una entidad que te cobre dichos gastos siempre te queda la opción de reclamarlos mediante demanda, eso si, tendrás la perdida económica de lo que te cobre el abogado, que en el caso de la OCU son 125€ de adelanto para el abogado y 75€ para el procurador +IVA y un 20% de la cantidad que se recupere según el siguiente artículo del periódico Cinco Días del 04-01-2017:
http://cincodias.com/cincodias/2017/01/04/mercados/1483532967_487916.html#?id_externo_promo=15112013-home-lomasvisto-modulo-001-cds
o un 15% + IVA de la cantidad que dictamine el juez que te corresponde en el caso de Ibarra Finanzas.
Espero que te haya servido de ayuda.
Un saludo.