Recien ingresado, un saludo.
He leído por ahí que el euribor plus no debería afectar a las hipotecas actuales referenciadas al euribor ya que éste no se dejará de publicar, sólo que se cambiará el método de cálculo. Supongo que se refiere a que por un tiempo convivirán ambos índices para contrastar su evolución y finalmente quedará uno de los dos, pero manteniendo la misma denominación, es decir, euribor.
El caso es que me ha llegado la FiPer de la hipoteca que he solicitado al Santander y me pone que el tipo de referencia será el euribor a un año, pero también especifica como es su cálculo:
Se entiende por euribor a un año la media aritmética simple de los valores diarios.... ...calculado a partir del ofertado por una muestra de bancos para operaciones entre entidades de similar calificación y bla bla bla.
Es decir, no solo determinan el índice sino que tambien indican las referencias actuales para su cálculo, por lo que entiendo que con el nuevo, que incluye más referencias, la clausula no se ajustará a lo pactado y podrán desestimar el euribor, aunque éste siga publicándose. El de sustitución es el IRPH (más el diferencial, claro está).
He llamado al director de la sucursal para que me lo aclare y ver si se puede modificar algo y me ha dicho que no sabe nada de esto y que lo preguntará.
En fin... que me lo estoy pensando y no sé si solicitaré el de interés fijo.