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Extincion condominio hipotecario

2 respuestas
Extincion condominio hipotecario
Extincion condominio hipotecario
#1

Extincion condominio hipotecario

Pareja que se divircia en la comunidad de madrid, uno con el 67% y el otro con el 33% de una hipoteca de 147mil € y una valoracion de mercado de 160mil€, el de 67% se queda con el piso,mi pregunta es que gastos tendra que asumir? Ademas este ultimo de ese beneficio de 10mil€ +- es legitimo que le de a la otra parte el 33% de esa cantidad osea 3300€? Un saludo y gracias de antemano

#2

Re: Extincion condominio hipotecario

Buenas Ociotecano, como es una extinción de condominio con hipoteca, tienes que sumar los gastos de  Gastos novación de la hipoteca (que asumirás tú) más los gastos por compraventa de vivienda. Lo tienes explicado en esta calculadora:  Calculadora de gastos de hipoteca y compraventa de vivienda

La parte que se queda con la totalidad del inmueble tendrá que pagar el ITPAJD (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados). El tipo general del IAJD en la Comunidad de madrid es del 0,75%.

Lo normal es que también paguéis registro y notario a medias. El vendedor además tendría que declarar plusvalía.

Un problema que puedes tener con la hipoteca es que el banco tiene que aprobar la operación así que te recomiendo consultar este hilo: ¿Se puede negar el banco a una extinción de condominio e hipoteca?

Lo segundo que te estás planeando es si tenéis que hacer transacción monetaria por medio, ¿no?. Si no pagas la contraprestación monetaria a la otra parte, se trataría de una donación y tiene muchos más impuestos. 

Saludos!

#3

Re: Extincion condominio hipotecario

Hola , al final se hace la venta del 33% a la otra parte y se queda con el 100% de la hipoteca la otra parte,se va a hacer el cambio en las escrituras, pero la parte del 33% accede a permanecer en la cuenta hipotecaria del banco durante 3 años , con el fin de que pueda bajar la hipoteca en esos tres años y asi no cambiar las condiciones anteriores que son mas favorables,puesto que hay mutuo acuerdo y cordialidad entre las dos partes.
Se entiende que no hay que pagar el itp ya que es una liquidacion de gananciales puesto que estan casados en ese regimen, asique la pregunta es ,si se puede hacer esto, y si es asi que gastos se tendran que afrontar en la operacion ,gracias.