Articulo 467 del código penal
"El abogado o procurador que, por acción u omisión, perjudique de forma manifiesta los intereses que le fueren encomendados será castigado con ....".
De acuerdo que has firmado la hoja de encargo pidiendo la nulidad pero te ha mentido porque te ha prometido la restitución de los gastos de hipoteca y ese es tu objetivo, al presentar la demanda solicitando solo la nulidad te perjudica ¿verdad? , aunque lo haya hablado contigo, porque en el mejor de los casos habría dos juicios y se retrasaría la restitución de los gastos, y cuando no te quedas sin cobrar nada . Además lo hace de forma manifiesta y con el claro fin de conseguir un beneficio económico superior, aunque ello suponga un perjuicio para su cliente. Es una acción planificada desde el principio, a sabiendas de que perjudica a su cliente y además llevada acabo con engaño. Yo creo que tiene muuuucho recorrido.
Pero porque dices "OJO con lo que hacéis" , lo bueno que tiene la vía penal es que lo único que se pierde es algo de tiempo y ya esta, si prospera, prospera y si no pues mala suerte, pero por intentarlo.
Evidentemente la vía penal no te va a restituir los gastos de la hipoteca, pero si hay unas cuantas denuncias igual esta persona no vuelve a trabajar de abogado en su vida, y yo con eso me quedo satisfecho.