Hola
Yo estoy más o menos como tú, que en un principio suscribí la hipoteca con otra entidad absorvida. Te comento lo siguiente, aunque no te pueda ayudar mucho, te doy algún punto de vista.
El problema en nuestros casos ( no he consultado aún con ningún abogado) supongo que será si la entidad que absorve , en este caso Caixabank, se hace cargo de lo que se contrató con otra . Supongo que en algún momento de la absorción habría alguna resolución donde dijese que Caixabank a todos los efectos,se haría cargo de estos casos, o algo similar. Si no lo hay, me temo que se nos hará más dificil que nos paguen , si es que tienen obligación de hacerlo.
Otro problema es desde cuándo hasta cuándo se hace visible en el tiempo esa claúsula suelo después de haber sido absorvida la antigua entidad, sobre todo si se empezó (como es mi caso) con el MIBOR pasando por el EURIBOR, que en mi caso la posible claúsula suelo iría referido a estos índices de referencia. Eso sería trabajo de un abogado especializado .
Otro aspecto a tener en cuenta es si merece la pena ir por la vía judicial sin saber a ciencia cierta una cantidad concreta que podemos reclamar, previo estudio de un abogado o economista experto. ¿Merecería la pena tal cantidad frente a costas, abogados, etc.?
te hago a ti dos preguntitas:
1)Yo hace más de 4 años que terminé de pagar la hipoteca con Caixabank. ¿ podría reclamar aún? ¿cuál es el límite de tiempo?
2) ¿La vía judicial es obligatoriamente después de la via amistosa por el procedimiento de devolución que tienen las entidades a raíz del Real Decreto-Ley1/2017 o se puede saltar este procedimiento?
saludos