Lo del sistema francés de acuerdo, salvo que hay alguna sentencia que por un tema de cuota creciente, un juez consideró abusivo que ena cuota solo se amoritzase 1 o 2 euros y el resto intereses ... como sabes algunas hipotecas tienen una cuota creciente del orden del 2 ó 3% cada año, que aumenta la parte que devuelves, se trata de buscar una cuotat más baja los primeros años, que se recupera a partir de año 5 ó 6 .....
Lo de la comisión de apertura tampoco lo entiendo yo, alguna sentencia hay ... pero lo que es un hecho es que el banco incurre en unos gastos de estudio y formalización de las hipotecas, por tanto a nivel de normativas europeas empresariales y de competencia, solo son debatibles los gastos que no responden a ningún servicio prestado, y es evidente que el estudio y preparación de una hipoteca, es un gasto real.
Lo del vencimiento anticipado, si que es verdad que antes el banco ponía como porcentaje, lo que consideraba oportuno, pero esto se reguló por norma o ley, y por tanto si el contrato indica que es superior, el banco aplicará siempre lo que ahora está obligado por Ley o norma. Si es inferior, deberá aplicar lo más beneficioso para el cliente.
Lo del IRPF como dices, está por ver ....