#1
- Comunidad de propietarios
Hola!!
Soy el Presidente de una Comunidad de Vecinos, y tenemos Administrador de Fincas.
Vale, pues ese Administrador… me viene con la historia de que tenemos que contratar a una empresa “para cumplir con la normativa europea de protección de datos”.
Mi Comunidad de Vecinos NO tiene cámaras, ni se graban imágenes, ni nada de eso. O sea, deduzco que todos esos “datos”… son, precisamente, el cómo maneja dicho Administrador nuestros datos personales, en su empresa de Administración de Fincas.
Esto de contratar a una empresa… y pagar una cantidad anual… la verdad, me suena a cantinela.Entonces… mi pregunta es:
En las condiciones en las que estamos (sin cámaras ni nada “raro”)… ¿es OBLIGATORIO que tengamos que tener a una empresa contratada, a la que se paga anualmente una cantidad… por hacer… prácticamente NADA?
He consultado a otra persona que lleva varias comunidades (otras, no es mi Administrador)… y me dice que la LOPD fue derogada, y que con el RGPD en la mano... lo único que hay que tener e SENTIDO COMÚN.
Que lo único que tiene que hacer nuestro Administrador es, como marca el SENTIDO COMÚN… evitar que nuestros datos acaben en cualquier parte. Y ya está. Que ahora ni siquiera hay que inscribir el fichero ese que se hacía antes, y tal...
Por favor: ¿alguien que me confirme 100% si es OBLIGATORIO tener contratada a una empresa (a la que pagar una anualidad) por… NADA DE NADA?
Dicho de otro modo: ¿qué servicios, EXACTAMENTE, va a hacer esa empresa externa (que tampoco sé ni cómo hay que buscarla en Google (para comparar precios, y tal) a nuestra Comunidad?
Porque sigo diciendo: todo esto me sigue pareciendo un “sacacuartos” a la Comunidad… por NO HACER NADA...
Soy el Presidente de una Comunidad de Vecinos, y tenemos Administrador de Fincas.
Vale, pues ese Administrador… me viene con la historia de que tenemos que contratar a una empresa “para cumplir con la normativa europea de protección de datos”.
Mi Comunidad de Vecinos NO tiene cámaras, ni se graban imágenes, ni nada de eso. O sea, deduzco que todos esos “datos”… son, precisamente, el cómo maneja dicho Administrador nuestros datos personales, en su empresa de Administración de Fincas.
Esto de contratar a una empresa… y pagar una cantidad anual… la verdad, me suena a cantinela.Entonces… mi pregunta es:
En las condiciones en las que estamos (sin cámaras ni nada “raro”)… ¿es OBLIGATORIO que tengamos que tener a una empresa contratada, a la que se paga anualmente una cantidad… por hacer… prácticamente NADA?
He consultado a otra persona que lleva varias comunidades (otras, no es mi Administrador)… y me dice que la LOPD fue derogada, y que con el RGPD en la mano... lo único que hay que tener e SENTIDO COMÚN.
Que lo único que tiene que hacer nuestro Administrador es, como marca el SENTIDO COMÚN… evitar que nuestros datos acaben en cualquier parte. Y ya está. Que ahora ni siquiera hay que inscribir el fichero ese que se hacía antes, y tal...
Por favor: ¿alguien que me confirme 100% si es OBLIGATORIO tener contratada a una empresa (a la que pagar una anualidad) por… NADA DE NADA?
Dicho de otro modo: ¿qué servicios, EXACTAMENTE, va a hacer esa empresa externa (que tampoco sé ni cómo hay que buscarla en Google (para comparar precios, y tal) a nuestra Comunidad?
Porque sigo diciendo: todo esto me sigue pareciendo un “sacacuartos” a la Comunidad… por NO HACER NADA...