Por cierto..te dejo más datos de interés.
Cantidades depositadas en cuentas vivienda
* Concepto
La normativa reguladora del IRPF considera que se han destinado a la adquisición, construcción o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente, las cantidades que se depositen en Entidades de crédito en cuentas que cumplan determinados requisitos de formalización y disposición.
* Requisitos
1. Las cantidades deben ser depositadas en cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, sin que sea necesario que tengan la denominación específica de cuenta vivienda.
2. Cada contribuyente sólo podrá mantener una cuenta vivienda. En caso de matrimonios, ambos cónyuges pueden ser cotitulares de una única cuenta vivienda o cada uno de ellos ostentar la titularidad exclusiva de su respectiva cuenta vivienda.
3. Los saldos de la cuenta deben destinarse exclusivamente a la primera adquisición o construcción , o a la rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente.
4. Dicho destino ha de materializarse en el plazo de 4 años desde la apertura de la cuenta .
5. Las cuentas vivienda deberán identificarse separadamente en la declaración del impuesto consignando el código cuenta cliente (CCC), el titular de la cuenta y la fecha de apertura.
* Base de la deducción
Con sujeción al límite de 9015,18 euros, la base de la deducción está constituida por las cantidades depositadas en la cuenta vivienda por el contribuyente en el ejercicio.
El importe máximo con derecho a deducción por el conjunto de las inversiones en adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación de vivienda habitual y cantidades depositadas en cuenta vivienda es de 9015,18 euros