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Obligacion de abogado y procurador - Subastas

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Obligacion de abogado y procurador - Subastas
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Obligacion de abogado y procurador - Subastas
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Obligacion de abogado y procurador - Subastas


 
Hola 

     Según parece si se adjudica una subasta a alguien para llevar luego los tramites hasta la posesión hay que tener procurador y abogado ya que hacen falta para hacer solicitudes al tribunal. Pero pudiera ser que en algo sencillo que no tenga ocupantes ni nada, y que en principio no habría que hacer solicitudes, se puede solo ir esperando a que vayan saliendo los decretos de aceptación de remate, de adjudicación y luego de posesión y recogerlos sin mas. En ese caso parece que no harian faltan procurador y abogado, ¿o de todos modos harian falta para comunicarlo?. Ademas de que incluso en casos sencillos puede ser adecuado para tratar de hacer peticiones que agilicen los tramites.  ¿Qué os parece?, en particular los que están mas puestos en ello que digan lo que saben o su parecer. 

    Un saludo.