Re: Paralización ayudas compra vivienda
jo muchas gracias Elena10, aunk creo q no conseguire nada....pero en serio TE AGRADEZCO MIL tu ayuda.....
como va lo tuyo????
jo muchas gracias Elena10, aunk creo q no conseguire nada....pero en serio TE AGRADEZCO MIL tu ayuda.....
como va lo tuyo????
os cuento que ayer llame al Ministerio y me dijeron k mi resolucion nunca llegó, a mi banco no le intereso hacer el prestamo convenido y no lo envio, pero esk yo deje la resolucion en el banco el 15 de septiembre y hasta el 30 de diciembre no me llamaron para decirme que no lo aceptaban, debo de reclamar al banco???
Acabo de llamar al Ministerio y según la reunión que tuvieron ayer con la CECA, van a devolver los expedientes por exceso de cupo a las Comunidades Autónomas, primero dictarán una orden para que cada Comunidad sepa los que se les van a devolver y ya supongo que si la Comunidad en cuestión no responde, empezarán a devolver los expedientes a los bancos y tendremos que ir de nuevo al Organismo que nos concedió el visado para que nos lo rehagan con las nuevas condiciones, o sea, AEDE 0.-€ y como premio de consolación...subsidiación de 5 años prorrogables por 2 periodos más (15 años, antes 10)...QUE AFORTUNADOS SOMOS!!! De todas formas hemos presentado quejas al Defensor del Pueblo y nos las han admitido a trámite y por ahora es la última esperanza que tenemos...porque la comunidad cuando reciba la Orden no creo que haga nada. Animo a todos los interesados a unirse a nuestro grupo Facebook:
http://es-es.facebook.com/home.php?sk=group_177895132231436
aqui os dejo esto por si os puede interesar....( si quereis podeis copiar y ponerlo en el facebook)
es una conversacion q tuve con un abogado atraves de la pagina "todoexpertos"
YO:
hola!!
ha salido un nuevo real decreto 1713/2010 modificando el anterior decreto...de ayudas estates a la adquisicion de la vivienda....este real decreto se aprobo el dia 18 de diciembre y salia en vigor el dia 1 de enero del 2011....mi pregunta es.... a mi el estado me ha aprobado una subvencion para ayuda a la entrada la resolucion a mi favor ( osea me la aprobaron ) el dia 9 de diciembre......entre q lo lleve al banco y tal SE SUPONE q el banco lo notifico al PRINCIPADO( soy de asturias y es quien lleva estos temas)el dia 4 siendo denegado por el PRINCIPADO indicando q ha salido un nuevo real decreto, obviemos esta ultima fecha.....pq en ningun momento nadie me ha dicho nada ( tengoconfianza con el banco) pero da igual!! no se supone q si tengo una resolucion a mi favor con dia 9 se me tiene q respetar aunk aun no se haya hecho efectiva???
en dicha resolucion hay un parrafo donde indica q se daran dichas ayudas hasta acabar el cupo ( dinero) pero el nuevo real decreto no salio por eso...asiq no se!!! ademas la ayuda a la cual me hice particiep es la de planes e viviendas del 2009 al 2012.....me puedes indicar un poco?? pq nadie dice nada y somosmuchos los afectados y no sabemos q hacer......
espero haberme expresado bien
a la espera de noticias
un saludo
ABOGADO:
Las disposiciones transitorias de esa norma dicen que podrán obtener la Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE), a partir de la entrada en vigor de ese Real Decreto, de acuerdo a la normativa anterior los siguientes:
1) Los adquirentes, de viviendas protegidas financiadas en el marco del vigente Plan Estatal de Vivienda y rehabilitación 2009-2012 que se subroguen en el préstamo convenido del promotor de las viviendas protegidas, siempre que dicho préstamo hubiera sido notificado al Ministerio de Fomento con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
2) Los adquirentes que obtengan préstamo directo convenido para la adquisición de las viviendas protegidas financiadas con o sin préstamo convenido al promotor, siempre que la concesión de dicho préstamo directo se notifique al Ministerio de Fomento con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto y que no se sobrepasen los objetivos convenidos del período 2010.
3) Los adquirentes de viviendas usadas, en el marco del vigente Plan, que obtengan préstamos convenidos que hayan sido notificados al Ministerio de Fomento con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto y que no se sobrepasen los objetivos convenidos del período 2010.
4) Los adjudicatarios de viviendas calificadas como protegidas en el marco del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, correspondientes a promociones en régimen de cooperativa, así como los promotores individuales para uso propio, siempre que:
La calificación provisional se hubiera obtenido con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto.
El titular de la promoción obtenga préstamo convenido antes de la finalización de este Plan, sin exceder el cupo anual que corresponda de objetivos convenidos entre el Ministerio de Fomento y cada una de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla.
Entiendo que si el préstamo se ha notificado al Ministerio de Fomento antes del 1 de enero de este año la resolución favorable se debe respetar.
YO:
hola!!! gracias por tu rapidez a la hora de contestar.........
una aclaracion!!!....entiendo a la perfeccion todo lo arriba mencionado pero....no se deberia respetar de igual modo una resolucion????....mi banco entrego la solicitud al ministerio el dia 4 de enero con lo cual y segun dice el nuevo real decreto no tendria derecho a dicha subvencion ....pero entonces hay algo q se contradice no?? pq se esta modificando algo ya aprobado y tengo entendido q no puede ser algo NEGATIVO de caracter retroactivo para la persona solicitante.....es decir, eso no lo estan respetando.
por otro lado....yo la documentacion la entregue el dia 22 de diciembre al banco u ha sido culpa d ellos q la entregaron mas tarde....tengo algo q hacer??? o es pegarmecontra un muro verdad???.....
GRACIAS
UN SALUDO
ABOGADO:
De acuerdo al artículo 9 de la Constitución son irretroactivas las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales. Ese Real Decreto no es sancionador, así que en principio puede ser retroactivo. También garantiza ese artículo el principio de seguridad jurídica.
De acuerdo al artículo 2.3 del Código Civil las leyes no tienen efecto retroactivo a no ser que dispongan lo contrario. Los Reales Decretos no tienen carácter de Ley, sino de Reglamento, es una norma de rango inferior al de una Ley.
La solución a esta cuestión viene de la jurisprudencia, ya que el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo admiten la aplicación retroactiva de las normas a hechos, actos o relaciones jurídicas nacidas al amparo de la legislación anterior, siempre que los efectos jurídicos de tales actos no se hayan consumado o agotado y siempre, claro está, que no se perjudiquen derechos consolidados o situaciones beneficiosas para los particulares, infiriéndose, en estos casos, la retroactividad del sentido, el espíritu o la finalidad de la Ley.
Teniendo en cuenta el principio de seguridad jurídica y la jurisprudencia entiendo que se le debe respetar la resolución favorable, pero para eso tendrá que recurrir la resolución desfavorable.
AHI QUEDA ESO.......
YO TOY LIADISIMA
Pues ya está. Aquí hablamos de un derecho claramente consolidado o una situación beneficiosa para particulares. Que son unos getas vamos. En ese mismo artículo habla de la no arbitrariedad de los poderes públicos y me parece que abrir un nuevo cupo y cerrarlo en base o no se que contraviene este precepto.
se te olvida pensar q somos el pez pequeño...contra el GRAN tiburon.....
kitty2447. A mi me da igual que ellos sean tiburones o ballenas. Yo voy a luchar por una situación que me parece injusta (previo asesoramiento legal), y si sale adelante, pues genial, si no..ajo y agua
si alguno hace como yo q pregunta a un ABOGADO por favor q nos indique lo q les comenta,.....pq esta claro q preguntando al ministerio y a todos "estos" NOS ESTAN VOLVIENDO LOCOS.......y se esta generando un BUCLE q ya es muy "geby"........
creo q ya es un tema de asesoramiento legal....lo dicho si alguno habla con algun abogado q vaya poniendo por aqui ,por favor......yo anteriormente dije q me rendia ...pero viendo q un PROFESIONAL indica q hay posibilidades ( un profesional NO UN FUNCIONARIO DEL MINISTERIO ETC)Y Q LEGALMENTE nos pertenece ese dinero, no se, creo q hay esperanzas,,,,,.....
Adnvpo jajajajjajajjajaj pero esq los tiburones dan mieeeeeeeeedooooo,pero estoy contigo hay q luchar..... ;P