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¿El administrador puede ser solo propietario sin tener ninguna carrera? - Comunidad de propietarios
Hola,
tenemos un administrador en la comunidad que no tiene absolutamente ningún tipo de formación, pero es propietario de una de las viviendas. ¿Puede ser administrador? Porque en la ley de Propiedad Horizontal no me queda claro:
"El cargo de administrador y, en su caso, el de secretario-administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones. También podrá recaer en corporaciones y otras personas jurídicas en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico"
Según esto, ¿lo de tener cualificación profesional suficiente aplica tanto a personas físicas como a propietarios, o sólo a personas físicas? Porque según lo leo me parece lo segundo, pero la lógica me dice lo primero.
Muchas gracias!
tenemos un administrador en la comunidad que no tiene absolutamente ningún tipo de formación, pero es propietario de una de las viviendas. ¿Puede ser administrador? Porque en la ley de Propiedad Horizontal no me queda claro:
"El cargo de administrador y, en su caso, el de secretario-administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones. También podrá recaer en corporaciones y otras personas jurídicas en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico"
Según esto, ¿lo de tener cualificación profesional suficiente aplica tanto a personas físicas como a propietarios, o sólo a personas físicas? Porque según lo leo me parece lo segundo, pero la lógica me dice lo primero.
Muchas gracias!