Registro de la propiedad, necesario en mi caso?
Hola a todos.
Con vuestro permiso, me permito la licencia de solicitar opinión sobre un tema en concreto. Seré breve para no aburrir al personal rankiano.
Hace cosa de un mes compré un trastero. La compra se ha realizado ante notario, el trastero estaba inscrito en el registro (lógico pues así es como el notario verifica la ausencia de cargas) y la venta se hizo sin problema, en efectivo, ya que era poca cantidad. He liquidado el correspondiente impuesto de Actos Jurídicos en mi comunidad autónoma (Andalucía), y tan solo me quedaría registrarlo.
Aquí es donde solicito ayuda. En principio no tengo intención de pasarlo por el registro, el trastero lo he comprado para mí, sin intención de venderlo, al menos al muy largo plazo. No se si es buena idea no registrarlo, si eso acarrea algún problema, y si corro algún riesgo no registrándolo.
Recuerdo hace algunos años que un familiar tenía un piso sin registrar. El día que quiso venderlo lo registro, y sin problema lo vendió pasados unos meses, lo cual deduzco que no es imprescindible la inscripición.
Es todo, solo me gustaría saber que riesgos corro si no lo registro, y si puede haber algún "marrón" en el futuro por esta decisión. Supongo que la respuesta que me aportéis será extensible a un piso, local comercial etc...
Muchas gracias de antemano. Un saludo.
Método, disciplina y tiempo