Hola, Ainhoa, sigo maravillado con tu generosidad para resolver nuestras dudas, gracias, mil gracias.
Mi expareja y yo contratamos una abogada para mediar en nuestra intención de divorciarnos, esta guio nuestras diferencias y plasmó en un convenio nuestros acuerdos, que posteriormente ratifico un Juez en una SENTENCIA de Divorcio por mutuo acuerdo (materia: demandas consensuadas de separación o divorcio) firmada un juez o jueza de un Juzgado de primera instancia.
En esta sentencia se describe el patrimonio y su valor de mercado. En este caso:
1- piso, valor mercado 190.000 y valor catastral 60.883,71
2- piso, valor mercado 98.000 y valor catastral 34.359,55
3- plaza de garaje, valor mercado 13.000 y valor catastral 3.724,12
4- plaza de garaje y trastero, valor de mercado 17.000 y valor catastral desconocido.
5- plaza de garaje, valor de mercado 13.500 y valor catastral 5.448, 37
6- trastero, valor de mercado 2.500 y valor catastral 1.295,72
Todas las propiedades libres de cargas.
Por ejemplo, la descripción de una de las fincas en la sentencia queda recogido de esta manera:
Referència cadastral: 1999515CG0019H0015RJ
Lliure de càrregues.
Valoració segons taxació: 190.000,00€
Inscrita al Registre de la Propietat nºxxx de xxxx, Tomo
2573, llibre 1720, foli 217.
He puesto el valor catastral, aunque en la sentencia de divorcio no consta, desconozco que importe ha utilizado el registro como base.
He comprobado en las notas informativas que acompañan a las escrituras que todas las fincas disponen de referencia catastral i código IDIFUR.
La sentencia se presenta a la Agencia tributaria de Cataluña con estos valores y con los acuerdos a que se ha llegado. Comprueban que los acuerdos sean justos para ambas partes y no haya intención de esconder alguna donación. Por ser una sentencia de divorcio está exenta de pago. Se realizan dos modelos, uno por persona.
El siguiente paso es pasar por el registro, donde se presenta la sentencia de divorcio, los dos documentos de AJD y el certificado del código civil con la inscripción del divorcio.
Aún no he pagado y recogido la factura, me hicieron llegar por correo electrónico una copia.
Leída tu explicación, lo que más dudas me genera es el valor que han utilizado como base, sigo sin entender de donde sale. También los importes por referencia catastral y código registro único, como bien dices, es la manera de engordar la minuta. Las afecciones fiscales, discutibles.
Agradezco enormemente tus conocimientos y consejos.
Òscar