Escribo para pedir información sobre el estado de mi expediente y esta es la contestación:
Buenas tardes:
En relación a su consulta, le indicamos que los solicitantes incluidos en los listados de requeridos de cobro disponían de un plazo de diez días hábiles, para aportar o mejorar la documentación preceptiva, según el motivo de incumplimiento señalado.
Una vez revisada la documentación por parte de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación se procederá al abono de la ayuda o se perderá el derecho a la subvención total o parcial.
Los listados de beneficiarios con pérdidas de derecho al cobro total o parcial se publicarán mediante Órdenes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Cuando se publiquen las Órdenes, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.