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Pasos tras adjudicion vivienda en subasta
Hola:
Por lo que he leido en el foro, tras recibir la cedula de notificación de adjudicación "Decreto", se debe solicitar en el juzgado la expedición del Mandamiento de Cancelación, por lo que me dijeron en el juzgado tengo que meterles por registro un escrito solicitando este Mandamiento de Cancelación y luego dirigirse al registro con estos documentos y ademas:
Por lo que he leido en el foro, tras recibir la cedula de notificación de adjudicación "Decreto", se debe solicitar en el juzgado la expedición del Mandamiento de Cancelación, por lo que me dijeron en el juzgado tengo que meterles por registro un escrito solicitando este Mandamiento de Cancelación y luego dirigirse al registro con estos documentos y ademas:
- Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas. (Se realiza online en la comunidad autonoma)
- Liquidación del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (Creo que se paga junto con el anterior impuesto)
- Instancia que certifique que la vivienda se encuentra libre de arrendatarios y ocupantes.(Este documento no tengo claro que me lo soliciten, cuando vaya al registro me enterare, ¿no se si vale un documento redactado por mi mismo o tendria que ir un notario?)
- Liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía) o comunicación al Ayuntamiento de la operación.(Este impuesto lo debe pagar el antiguo propietario, como no me afecta creo que se debe comunicar al Ayuntamiento quien es el antiguo propietario para que se lo reclamen, este paso no lo tengo claro, creo que tienen un modelo para esta comunicación en el registro)
- Justificante del pago del IBI en el ayuntamiento, en principio el ayuntamiento puede reclamar 2 o 4 años, no lo tengo del todo claro, tampoco tengo claro si en el registro me pediran este justificante.
Agracecería que alguien me confirmase si estos pasos son los correctos, y tengo una duda, ¿cuando es el momento en que puedo romper la cerradura para entrar en la vivienda? se puede proceder cuando tienes el decreto de adjudicación o debe estar registrada a mi nombre. La vivienda esta vacia desde hace años, por lo que tambien contemplo la posibilidad de instalarle unas rejas en las ventanas mientras no pueda acceder para evitar la ocupación, esto entiendo que ya lo podria hacer.
Gracias por la ayuda y un saludo.