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Deduccion 10 por ciento compra vivienda comunidad de madrid

1 respuesta
Deduccion 10 por ciento compra vivienda comunidad de madrid
Deduccion 10 por ciento compra vivienda comunidad de madrid
#1

Deduccion 10 por ciento compra vivienda comunidad de madrid

Buenos días, al parecer hay una nueva deducción para esta declaración de la renta en la que al parecer si has comprado una vivienda en Madrid en 2023 y has tenido un hijo ese año ( o en los 3 siguientes) puedes deducir un 10 por ciento el valor de la vivienda durante 10 años hasta un máximo de 1500 anuales. 
El tema es que nosotros compramos vivienda el 10 de febrero y mi hija nació en mayo. Entiendo que puedo solicitarlo ? Es que según el texto se puede interpretar que primero ha de darse el nacimiento y luego la compra, pero es que nosotros claramente compramos vivienda de cara al nacimiento de la niña, es imposible cuadrar fechas de una manera tan exacta
#2

Re: Deduccion 10 por ciento compra vivienda comunidad de madrid

Hola,

Efectivamente, dicha deducción existe y está recogida en el art. 13 del Decreto Legislativo 1/2010 de la CAM, siendo 2023 (es decir, afectando a la declaración de la actual campaña de renta) el primer año en el que se puede aplicar, permitiendo deducir una décima parte cada año del coste de la vivienda, aunque con un límite anual.

Pero, además de lo anterior, lamentablemente, lo dispuesto en el apdo. 2.a) de dicho precepto es meridianamente claro: la adquisición de la vivienda debe producirse en los tres años posteriores al nacimiento del descendiente, nunca antes.

Siempre puedas optar por aplicarla, pero en caso de que requieran documentación para comprobar la procedencia, como en tu caso ya hemos visto que no te puedes beneficiar de la misma, te exigirán lo dejado de ingresar, más intereses y una sanción que, como mínimo, será del 50% de la cuota defrauda, para que lo tengas en cuenta "por si quieres tirarte a la piscina", lo cual te desaconsejo absolutamente debido a la claridad de la normativa.

Además, hay un aspecto que puede limitar las deducciones: estas solo se pueden aplicar por el importe de la cuota íntegra autonómica, que es el IRPF que debes pagar a tu Comunidad Autónoma. En el caso de que dicha cantidad sea nula o relativamente baja, la deducción nunca será mayor que dicha cifra. Y esto es posible que ocurra ya que hay determinado nivel de ingresos sobre los que se establecen reducciones para conseguir que no paguen nada de IRPF o esta cantidad sea menor que la proporción que se aplica generalmente. Por si te interesa probar en la declaración en cuanto te has visto perjudicada (en muchos casos, puede resultar que en nada: con deducción o sin ella el resultado será el mismo, por el motivo que te he expuesto antes).

Un saludo,