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Re: Dudas, depósito vivienda o cuenta vivienda
La aportación de 2010 la deduces con toda normalidad, y a partir de 2011 dependerá de tu base imponible. El que un año no hayas podido deducir por superar tu base imponible los límites, no quiere decir que al año siguiente no puedes deducir.
Y no habrá que devolver nada de lo deducido por cuentas vivienda aunque la casa la compres a partir del 01.01.2011. Sólo hay que cumplir con el requisito de la compra en el plazo de cuatro años, contados de fecha a fecha (como los cumpleaños), desde la apertura de la cuenta vivienda.
Saludos.