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Puedo inscribirme como Demandante de VPO en Valencia si tengo dos 50% de viviendas?
Hola.
Tengo el 50% de un piso y un 50% de chalet porque mi padre los puso a nuestro nombre (mi hermano y yo) La ley de VPO de la comunidad Valenciana habla de que alguien es elegible para VPO si tiene necesidad de vivienda y entiende necesidad de vivienda como esto:
https: //dogv. gva.es/datos/2021/09/14/pdf/2021_9202. pdf
Artículo 13.
Tengo el 50% de un piso y un 50% de chalet porque mi padre los puso a nuestro nombre (mi hermano y yo) La ley de VPO de la comunidad Valenciana habla de que alguien es elegible para VPO si tiene necesidad de vivienda y entiende necesidad de vivienda como esto:
https: //dogv. gva.es/datos/2021/09/14/pdf/2021_9202. pdf
Artículo 13.
Necesidad de vivienda
Se entenderá que existe necesidad de vivienda cuando ninguna delas personas integrantes de la unidad de convivencia sea titular de underecho, personal o real, en pleno dominio o usufructo, u otros derechosde uso, posesión o disfrute de una vivienda
Entonces, me gustaría confirmar si yo, teniendo el 50% de dos viviendas, podría comprar una VPO de acuerdo a esa ley, ya que no entiendo muy bien si un pleno dominio es el 100% de un inmueble o se puede tener pleno dominio de un 50% de un inmueble... Lo mismo con el usufructo, no se si es posible tener un 50% de usufructo. Si me pudieran asesorar por favor para saber si puedo acceder a VPO estaría muy agradecido
Un saludo
Un saludo