Depende a lo que llames plusvalía.
Si te refieres a la llamada plusvalía municipal, sí.
Si te refieres a la ganancia patrimonial por la venta, si es tu vivienda habitual, no. Si no es tu vivienda habitual, sí, salvo que inviertas lo obtenido en una renta vitalicia en las condiciones que exige la normativa.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.