Discusión esta mañana en el Registro de la Propiedad (opiniones please)
Os cuento. Esta mañana me acerco al Registro para hacer un trámite menor: cancelación de un usufructo vitalicio sobre una finca (los usufructuarios murieron hace treinta años). Se hace mediante una simple instancia privada (sin necesidad de notario). Pues bien, me dice el del mostrador (con cara "lo siento no es culpa mía") que al ser un documento privado, la firma debe estar legitimada ante notario (!!!). Le digo que tengo otra copia sin firmar, que saco el DNI y la firmo delante de él. Me dice que no, que sólo valdría firmada ante el Registrador (el despacho está a 4 metros del mostrador), y le digo que ok, que salga un segundo y lo firmo ante él. Pone cara de pocker, entra al despacho, sale y me dice que está muy ocupado. Le digo que no tengo prisa, que cuando salga a tomarse el café hago la firma delante suyo. Me vuelve a decir, que no tiene obligación... etc.. que me vaya al notario.... En fin, que me jode pagar 8 euros y volver otro día por semejante gilipollez... tiene obligación (como funcionario público) de verificar el mi firma? puedo poner una hoja de reclamaciones?
pd: vengo cabreao y necesitaba desahogarme.