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Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.

14 respuestas
Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.
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Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.
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Re: Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.

Hola. Dices en el punto 3 que un padre no puede donar a un hijo más de lo que le correspondería por testamento. Pero, ¿y si lo hace mediante un préstamo?. TE cuento mi caso, me ayudarías mucho si me aclararas esto: mi padre dio a mi hermano 34.000 mediante un préstamo. Pero acordaron de palabra que no devolvería ese dinero. Aunque el contrato pone las cuotas, mi padre tiró el contrato y se desentendió. De esa forma, mi hermano no devolverá el dinero. Yo considero que la mitad de ese dinero me corresponde porque sería parte de la herencia cuando mi padre fallezca. ¿Cómo puedo reclamar ese dinero?, ¿he de esperar a que mi padre fallezca y entonces traer a colación este préstamo?, ¿podría reclamar ese dinero ahora de alguna manera?. Yo lo único que puedo demostrar es que eran todos los ahorros que tenía mi padre y que cuando se los dio a mi hermano, la cuenta bancaria quedó a cero. Pero el contrato de préstamo ya no existe, se deshicieron de él.

Muchísimas gracias.

#10

Re: Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.

Eso es una donación camuflada como préstamo, y así se debe tratar. La mejor manera de solucionarlo es que tu padre lo ponga en el testamento y deje claro que tu hermano ya recibió un importe y que se traiga a colación a la herencia de manera que tu recibas de lo que quede una mayor parte para compensar esa donación. En caso contrario, os veo en un juicio o al menos sin hablaros cuando muera tu padre puesto que tu hermano no reconocerá fácilmente que le corresponde menos herencia si no lo pone en el testamento.

Un saludo

#11

Re: Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.

una cosa el tema herencia depende de la comunidad de la que estemos hablando. En Aragón no existe la legítima se puede dejar los bienes a quien te de la gana y se puede desehedar a quien te de la gana también sin dar explicacion ninguna.

A mí como madre desde luego si tomo la decisión de dar un piso a uno de mis hijos y al otro no, me jorobaría bastante que venga el otro a decir que tiene derecho a nada. El piso es mío y con él hago lo que me dé la gana y si no te lo quiero dar a tí por algo será.

Desde luego sí que se ve un lío morrocotudo y yo me iría yendo a informar a un abogado ya mismo.

#12

Re: Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.

¿De qué comarca estás hablando? Según diversos informes de OCU, Aragón está en el régimen llamado común, por lo que los herederos forzosos tienen derecho a 1/3 de los bienes como legítima.
Si no es así me interesaría, por ampliar mis conocimientos, saber en qué ley se han aprobado esas disposiciones.
Gracias.

#13

Re: Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.

Pues la ocu está equivocada, Aragón tiene fueros propios y es como digo.

#14

Re: Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.

Autorespuesta tras la taxativa afirmación de 1971_2004

Ley aragonesa 1/1999, de 24 de febrero, de Sucesiones por causa de muerte.

La legítima es del 50% pero es curioso que se puede asignar a un solo descendiente (nietos y biznietos incluidos) dejando al resto sin nada, una forma de desheredarlos sin alegar motivo grave, ciertamente.

Un dato a tener en cuenta para esas desagradables situaciones.

#15

Re: Madre vende piso a su nombre y compra piso a nombre de dos de los 4 hijos, poniendo a la madre de usufructuaria.

Perdón por hablar tipo telegrama, es que estaba y estoy con el móvil, he trabajado en asesoría y hecho sucesiones, por eso la afirmación, la ley exacta no la sabía, si que tenemos fueros propios que no estamos sometidos a la ley general y que de hecho se hace sin problema porque es legal "desheredar" sin dar explicaciones. Gracias por la aclaración legal. Si te interesan estas cosas googlea "fueros de Aragón".