Re: Catalunya-España 2015 (cosas que pasan)
Hombre, tenemos aquí a un aspirante a ayudante de jurista que se cree que los demás no sabemos ni lo que es el Código Penal.
Pues mira, no voy a hacer un análisis político de ese artículo, sin que sirva de precedente me ceñiré a lo estriictamente jurídico.
- Lo primero es recomendarte que nunca copies un artículo aislado, el Código Penal de aplica en su conjunto. Por tanto, las referencias a un artículo deben ir acompañadas del correspondienter análisis y preferiblemente con la corrspondiente jurisprudencia interpretativa (no sé si sabes lo que es esto).
- Para no extenderme demasiado, te diré que con unas pequeñas consultas al diccionario, verás que lo que has copiado no viene al caso:
1.- Silbar
Dicho del público: Manifestar desagrado y desaprobación con silbidos u otras demostraciones ruidosas.
Ahora a ver cómo lo encajas aquí, aspirante a ayudante:
2.- Ofender: Humillar o herir el amor propio o la dignidad de alguien, o ponerlo en evidencia con palabras o con hechos.
3.- ultrajar
1. Ajar o injuriar.
Por último, si es una cuestión penal, ya me dirás qué pinta el Gobierno haciendo de "prota" una vez más. O sea haciendo el ridículo.
P.D. En este mismo foro verás insultos dirigidos, por ejemplo, a los catalanes en general, a sus instituciones, etc. A ver si denuncias alguna, ya que tanto te gusta esa materia.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.