Leyendo el articulo, te puedo decir que no mienten, pero claro deja bastante información que conviene tener en cuenta.
En la propia solicitud de arbitraje que habrá que rellenar y entregar en las propias oficinas de los ladrones, te dira en algún sitio que si "la presentación de la correspondiente solicitud de arbitraje supone la imposibilidad de iniciar cualquier procedimiento judicial...", con lo cual si al final tienes suerte y cogen tu solicitud para el arbitraje, es posible que si tu caso es muy sangrante te devuelven el 100% del dinero a través de una transferencia en tu cuenta en el plazo de 6 meses, que es lo que tienen para devolverlo, en caso de no hacerlo puedes pedir intereses de demora. Tambien es posible que te den el 80, 85, 90%..... etc. Dos cosas a tener en cuenta, son para casos que de haber ido a juicio hubiesen perdido con toda seguridad, y la publicidad les hubiese echo mas daño. Y SEGUNDO Y MAS IMPORTANTE, en el arbitraje el peso de la prueba es tuya, ya no son ellos los que tienen que demostrar como es en la demanda judicial, sino que ahora eres tu el que tienes que demostrar que hubo mala praxis.
Lo que no tengo muy claro, y esa es la duda principal, si se solicita arbitraje y por lo que sea la solicitud no llega al arbitraje, entonces se puede reclamar judicialmente o ya no...... creo que una vez solicitado se acabo la demanda judicial, pero aún esta por ver.
En el verdadero arbitraje no hay problema porqué siempre alguien va a hacer un laudo que se considera "cosa juzgada", pero si no hay laudo no hay "asunto juzgado" con lo cual en teoria se puede proseguir por la via judicial...
VAMOS TODO MUY OPACO PARA ALGO QUE EMPIEZA MAÑANA......