Efectivamente, el documento que nos dejó Serlluro corresponde a una QUERELLA PENAL.
No tiene nada que ver con una DEMANDA CIVIL pero si así fuese, cual sería el problema???
Ya hay muchas SENTENCIAS en Primera y Segunda Instancia sin más vía de recurso que el Extraordinario o el Casacional con lo que eso supone, que no dan la razón al Preferentado
Y QUE PASA???????
Es motivo para cortarse las venas el resto de afectados por preferentes???
Es motivo para NO acudir al Juzgado con las particularidades propias de cada caso???
ES MOTIVO PARA NO SEGUIR DANDO LA MATRACA EN LAS CALLES, O ALLÍ DONDE SEA CONVENIENTE HACERSE OIR???
En una cosa si estoy de acuerdo contigo, tenemos que tratar de no confundir al personal, al menos a sabiendas (NO DIGO QUE SERLLURO LO HICIESE)
Podemos confundir al Personal con nuestras apreciaciones erróneas, no es la primera vez que hubiese pasado, pero como todo sirve, se debate, se aclara y se sigue adelante con mejor preparación que antes de suscitarse el debate.
Y como a mí me vale todo, no me ha producido desconcierto después de analizados los documentos, no me he cortado las venas porque ya se que al Juzgado se puede ir para perder o para ganar con Costas o sin ellas.
Y como a mí me vale todo, me suscita el tema una pregunta:
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QUE FUNCIONES TIENE EL FISCAL EN UN PROCEDIMIENTO CIVIL ORDINARIO QUE TIENE POR FINALIDAD ANULAR LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE PARTICIPACIONES PREFERENTES???
Si alguien lo sabe mejor que el tío Google, lo puede explicar???
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Porque al tío Google se le ocurre:
-Teniendo en cuenta la variedad de actuaciones del Ministerio Fiscal en el Proceso Civil, el art. 6.1.6º LEC debe ser interpretado como indicativo de que sólo en los procesos en los que las normas procesales consideran la intervención del Ministerio Fiscal como parte del proceso, l FISCAL tiene capacidad para ser parte; fuera de esos supuestos...
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el Ministerio Fiscal tendrá la condición de dictaminador o informante o cualquier otro carácter pero no asumirá los derechos y obligaciones de una parte del proceso
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Total que si no me equivoco que puede ser que SI, el tío del Google me está contando al oído que el Fiscal en un procedimiento como el nuestro NO tiene el papel de PARTE EN EL PROCEDIMIENTO
AL CONTRARIO, ES UN DICTAMINADOR O UN INFORMANTE DE SU SEÑORÍA por ejemplo a la hora de revisar una Sentencia en Instancia Superior.
Volvamos un minuto sobre los papeles de Serlluro
Pongámos que el asunto que retratan los papeles es un Procedimiento Civil, Juicio Ordinario con la intención de invalidar un Contrato.
Pongamos que la Fiscal le cuenta al Juez, delante de toda la Sala, que para haberse evitado el problema de las Preferentes, lo mejor hubiera sido acudir a un asesor financiero porque ya en 2007 se veía que podían venir mal dadas.
LO REPITO, quiero una Fiscal así para mi caso.
Saludos y buena Semana Santa.