Acceder

Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

38,4K respuestas
Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
5 suscriptores
Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Página
3.312 / 4.831
#26489

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

"Hay gente comprando a 2,5 euros y cuando los inversores que hayan recibido acciones del canje por las participaciones preferentes se pongan a vender se vendrá abajo el valor", asegura Nuria Álvarez, analista de Renta 4. "No tiene sentido nada de lo que está ocurriendo", afirma

#26490

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Hay una cosa que no entiendo cuando empezo a cotizar tras los cambios estaba a 17€, como es posible que parte del 1 con algo, ha bajado 17€ en una semana? no entiendo...

#26491

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Puedo entender que por especulaciones la acción suba un 40 o 50 % pero un 500%!!!!!! Que pasa???

#26492

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Y cuando nos den las acciones por las preferentes, ya veras caida en picado y a la semana subida salvaje, quizá me equivoque pero por ahora....

#26493

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Pero si nos van a dar acciones a 1 y pico.... Ya salimos ganando no??

#26494

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

En esa parte me pierdo... no se si es así o no:

#26495

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

http://www.helpmycash.com/preguntas/2516/participaciones-preferentes-bankia-caja-madrid/page/161/

Esto es lo que dice Tomás Iglesias de si mismo: (copio y pego)

Mi nombre es Tomás Iglesias, y como todo el mundo sabe, no es fácil describirse a uno mismo. En mi caso es muy sencillo. Soy una persona que ha tenido la oportunidad y la suerte de estudiar Económicas y acabar apasionandome por una disciplina que entiendo como algo que ha de servir para que mejoremos todos.

Y sobre las preferentes y deuda subordinada dice: (copio y pego)

En septiembre de 2012, escribía un post sobre la ocurrencia de la Xunta de Galicia, de ofrecer como salida a las preferentes el sistema de arbitrajes. En aquel momento, el argumento “de venta” del sistema de arbitraje, pasaba principalmente por el hecho de que si al final las cosas no salían de acuerdo a lo que el cliente estimaba, se podría reclamar judicialmente, lo cual no era cierto.

Desde aquellos momentos se ha avanzado fundamentalmente y se empiezan a conocer pautas. Por ejemplo; la mayoría de los arbitrajes están fallando a favor del cliente, de tal forma que le devuelven íntegramente el importe percibido, menos los intereses que han cobrado y añadiendo los intereses que hubiese cobrado esta persona en caso de contratar un depósito. Es decir, la solución busca dejar la situación actual de tal forma que asumimos que el que quería un depósito, lo hubiese contratado. Este es el primer problema, ya que la realidad es que en estos casos, se quería contratar un depósito, que hubiese llevado a la situación actual, pero en realidad no ha ocurrido esto. En el camino hay muchos daños y perjuicios y beneficios para las entidades, que simplemente no se miran. Es absolutamente ridículo que se indemnicen los daños a los pasajeros de un avión que sufra un retraso, y no pase absolutamente nada ante el caso de personas que han sido engañadas, y que cómo poco han pasado por una etapa realmente dura, esperando una solución (recordando que el mejor caso es que exista).

Para que nos entendamos, existe una fábula que venía a decir:

“Una persona compra un burro a un campesino por 100 euros. El campesino acordó entregarle el animal al día siguiente.

Al ir a entregarlo el campesino le dijo: "Lo siento, pero tengo malas noticias: el burro murió.”

"Bueno," -dijo el comprador- "entonces devuélvame mi dinero."; sin embargo el vendedor ya había gastado el dinero de tal forma que el comprador le pide el burro de igual forma para rifarlo.

"Estás loco. ¿Cómo vas a rifar un burro muerto?"

"Es que no le voy a decir a nadie que está muerto, por supuesto."

Al final se rifó el burro, vendiendo 500 rifas a 2 euros cada una. Vendí 500 rifas a 2 dólares cada una de tal forma que se consiguió un beneficio de 998 euros, derivados de que como el burro estaba muerto, se le devolvieron los 2 euros de la rifa al afortunado ganador del sorteo, que era el único que se quejaba.”

Volviendo a las preferentes, el aspecto clave del arbitraje parece ser que no es otro que la decisión de las entidades de aceptarlo o no. Es decir, las personas solicitan el arbitraje, y las entidades, (o alguien supuestamente independiente), analiza las circunstancias; en caso de que las circunstancias sean muy claras, se acepta y “quedamos como estamos”. El resto, simplemente dejándolo dormir, dejando que pase el tiempo para al final decir que no, y conminar a la gente a que vaya a la vía judicial.

Ahora nos encontramos con que el gobierno publica los criterios en los que se deberá aceptar el arbitraje, o mejor dicho, publica los criterios en los que se han de basar las auditoras para informar si se acepta o no el arbitraje. Lo que puede parecer una ventaja y una garantía, a mi me ha parecido simplemente un cachondeo, sobre todo en algunos casos flagrantes. En particular me parece que esta lista debería ser en muchos casos, el protocolo de casos para anular directamente contratos e incluso para acciones penales.

¿Tiene sentido aceptar arbitraje en los casos en los que el contrato no exista?, ¿en contratos de menores de edad o personas incapacitadas?. En el caso de que se haya colocado un producto financiero complejo, por encima del precio que pagaban inversores institucionales, (o si queremos tiramos de rentabilidad, liquidez o nivel de riesgo más apropiados), a una persona que no tiene capacidad para contratar como mínimo se debe iniciar un procedimiento penal porque difícilmente se me puede ocurrir un caso en el que existan más indicios de delito.

En todo caso, no tiene sentido que se exija ningún tipo de arbitraje para anular unos contratos que no tienen en ningún caso ningún tipo de validez, (se mire por donde se mire). Un país no puede ser serio si no anula, juzga y compensa los gastos a casos tran extremos.

Tampoco tiene ningún sentido el hecho de priorizar según criterios de renta; además de la dificultad práctica de establecer un criterio de importes comprometidos, significa cargarse la justicia definitivamente. ¿Qué ocurre si una persona que ha invertido 15.000 euros y se va al paro presenta hoy una solicitud de arbitraje?. ¿tendría que esperar a que se acaben todos los arbitrajes de personas con preferentes por valor de 9.500 € aunque no las hayan presentado aún?.

Pero más allá de estos problemas, lo que necesitamos en este país es justicia, y esto no tiene que ver con el hecho del importe invertido, ni del porcentaje de patrimonio, ni de circunstancias similares. Esto son criterios típicos para dar ayudas, pero cualquier solución que se le de a estas personas no son ayudas, sino que han de ser reparaciones del daño causado.

En todo caso, lo curioso de la situación es que en cualquier momento, las circunstancias políticas pueden cambiar, (por ejemplo por ordenes de Europa o del BCE), de tal forma que las personas que acudan al arbitraje se pueden encontrar en una situación en la que la otra parte tiene la mayor de las ventajas, (Siempre tendrán más poder para adaptarse a la situación que las personas que se enfrentarán sin apenas conocimientos delante de un árbitro), e incluso con un árbitro que tenga unos criterios definidos, (como ahora pero con criterios distintos).

Y puestos a ser mal pensado, el hecho de dejar para el final aquellas “fortunas” de 15.000 o 30.000 euros, supone curiosamente que la mayor parte de las devoluciones quedará para el final de tal forma que las devoluciones de dinero se van a realizar, de la forma más lenta posible, como podemos ver en un problema de matemáticas de EGB básicas:

Si tenemos 10 personas con participaciones de 5.000; 10 personas con 15.000 y 10 con 30.000; ¿Cuál es el orden que supone retrasar más el pago?. ¿y si una vez solucionado lo de los “pobres”, se cambia el discurso y se habla de las rentas altas que son aquellas personas que tengan 15.000 euros de 60.000 euros en total metidos en preferentes?. Si en ese momento se decide cambiar los criterios, ¿Cómo se ha ordenar el pago para que el dinero sin pagar sea máximo?. ¿Cómo se ha de ordenar el pago para que el coste social sea el menor, asumiendo que los discursos siempre van a aquello de proteger el débil, aunque incluso en aquellos casos en los que existen pérdidas sin contrato, las personas tendrán que renunciar a sus derechos judiciales y buscar la forma de ir al arbitraje.

Es decir, se le devolverá el dinero de la rifa a los ganadores del burro, siempre y cuando este reclame y pase el proceso

#26496

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Según tengo entendido nos darían acciones a ese euro y pico....

Te puede interesar...
  1. Apúntate a la MESA DE EXPERTOS de RENTA 4 GESTORA 2024
  2. Ya puedes volver a ver el encuentro Mesa de expertos de Renta 4 Gestora
  1. Apúntate a la MESA DE EXPERTOS de RENTA 4 GESTORA 2024
  2. Ya puedes volver a ver el encuentro Mesa de expertos de Renta 4 Gestora