Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
PARA SINPIEDAD:
Paso a contestarte a tu pregunta sobre el tema de la NO imposición de Costas en el juicio que recientemente he ganado a Bankia.
En primer lugar decirte que la demanda estaba hecha no solo a mi nombre sino dos: una tía mía, que en el año 2007 me otorgó poderes notariales amplísimos ( están hechos por un hermano Notario, y como sabía el porque de hacerlos y las características que debían tener no se guardó nada importante), solo te digo que puedo hacer absolutamente de todo dentro del ámbito de lo que se llama mercantil ( comprar, vender, hipotecar, representarla en Estamentos del Estado etc. etc. etc). Bien con estos planteamientos en su momento me dijo el abogado que se harían 2 demandas una a su nombre y otra al mío. Posteriormente me dijo que de acuerdo con sus tres compañeros del despacho ( aunque el era el responsable ante mí) habían decidido hacer una sola demanda. Me dijo las razones, pero honestamente no me acuerdo, ya que estoy hablando del mes de septiembre 2012. Montse lo entenderá perfectamente.
El abogado presenta la demanda, se hace la Vista Previa y no pasa nada, esto quiere decir que Bankia está de acuerdo en que yo represente a mi tía,ya que tenía que haber sido ellos quien tenían que haber dicho que la comparecencia mia en nombre de mi tía no la aceptaba. No tomes al pie de la letra mis palabras pero el significado, por lo que verás después es este.
Se celebra el juicio, se me hacen preguntas sobre mi tía, edad, porque firmo yo las ordenes de compra y más que no me acuerdo, pero vamos todo que tanto a mí como a mi abogado nos parecen normal. Obviamente mii tía no estaba presente, porque aparte de que no se entera de nada, cada día su cabeza esta mas deteriorada a sus 83 años, y lo que se pretendía, principalmente cuando se otorgaron los poderes era ir, en su nombre, a un juzgado si era necesario, para que no tuviera que pasar ella el trago.
Perdona este rollo, pero sino es imposible entender lo que has preguntado. Sale la sentencia y el importe que me corresponde a mi, la jueza dice que Bankia me lo tiene que devolver íntegramente por el total invertido, descontando los intereses del 7% recibidos y añadiendo el interés legal del dinero, desde la fecha de la demanda hasta que Bankia me lo abone, PERO la parte que coerresponde a mi tía al presentar, esta, capacidad procesal tenía que haberse personado en el juicio ya que no se encuentra en el caso previsto en el nº 2 del artículo 7 LEC por tanto debe comparecer en juicio por si misma sin necesidad de representación, solo procede
en caso de las personas físicas sin capacidad de obrar, quienes habrá de comparecer mediante la representación o con la asistencia, autorización, la habilitación o el defensor exigido por la ley, como señala la STS de 12 de abril de 2013 En esta sentencia la Sala estableció la diferencia que existe entre la legitimación and procesumm (para el proceso) y la legitimación ad causam(para el pleito).
La Jueza considera que no tengo legitimación ad causam, es decir para el pleito, y por tanto mi tía tiene que comparecer en un nuevo juicio. Según mi abogado esta decisión de la Juez es muy discutible. El problema de esto es que hay que empezar de nuevo, es decir hacer una nueva demanda, quede claro que solo de su parte, y obviamente en la documentación acompañaremos la sentencia y como aunque comparezca ella, si tuviera lo que dirá es que soy yo quien se encarga de administrar bienes ella no tiene ni idea, solo que cuando necesita dinero me lo pide, con lo cual entiendo que en todo caso sería yo quien tenía que dar la explicación otra vez. Pero insisto en que la historia es que es vuelta a empezar y claro si nos tocar en el mismo juzgado, sería todo más rápido que si pasa a la Audiencia Provincial o a otro Juzgado en Madrid. Ten en cuenta que la demanda la presentamos el 27 de diciembre del pasado año,7 meses más tarde ya tengo la sentencia. Por ultimo aunque todo parece que está claro, pero con la experiencia que tenemos................... aunque pienso que cada día que pasa los juezes están más sensibles hacia nosotros.
Bueno por mi parte creo que misión cumplida.
Perdona que al final no te digo lo de las costas.Digamos que como no nos han dado el total que reclamábamos, porque lo de mi tía ahí está, sin juzgar es la causa de que no hayan impuesto costas. El perjudicado es mi abogado, ya si hubiera habido cobraría a Bankia bastante más que lo que yo le voy a pagar ( tienen una tarifa super especial para estos casos que no son frecuentes