Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
me gustaría conectar con vosotros podeis mandarme la dirección
al correo [email protected] gracias
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Como afectado por este mismo timo me encuentro en la disyuntiva de vender las acciones ahora o esperar que pasen 12 meses como he leido en algún articulo ya que el impacto en la declaracion parece muy importante. ¿Alguien lo tiene claro?
Por otro lado tampoco tengo claro como deducir de la renta la quita del 37,2% que realizaron junto con el canje de las preferentes. Agradeceria cualquier aclaración al respecto.
Gracias
Hola Lp2475w.2012, primero te aconsejo leer estos dos artículos (incluso otros que a su vez vienen referenciados a pie de página) y segundo que te familiarices con el simulador del programa de ayuda de la renta que se indica y accede desde el primero de los artículos –de momento es lo mejor que conozco hasta que esté disponible el programa PADRE oficial en la web de la Agencia Tributaria.
https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2081195-simulador-declaracion-renta-2013
Para la parte de la quita la forma de tenerlo en cuenta es bastante fácil… incluyes la pérdida, i.e. -37,2% x nominal invertido en la compra de participaciones preferentes o/y -10% x nominal de deuda subordinada de Caja Madrid (o según sea el porcentaje en cada emisión), en la casilla núm. 25 (recuerda que en el programa de ayuda PADRE definitivo podría ser otra casilla, otros años era la núm. 26, pero siempre será de este mismo apartado… Rendimientos del Capital Mobiliario a integrar en la Base Imponible del Ahorro. Si la casilla núm. 28 es negativa, ese valor es el que puedes seguir incluyendo en las declaraciones de la renta de los próximos cuatro años como pérdida.
Para la venta de acciones antes o después de un año, mi recomendación es que calcules tú mismo los resultados en las casillas núm. 246 o 247 (según sea ganancia o pérdida neta) en el apartado de Ganancias y Pérdidas derivadas de Transmisión de Elementos Patrimoniales adquiridos con 1 año o menos (Base Imponible General), o en las casillas 289 o 290 (ídem, según sea ganancia o pérdida neta) en el apartado de Ganancias y Pérdidas derivadas de Transmisión de Elementos Patrimoniales adquiridos con más de 1 año (Base Imponible del Ahorro) del simulador de declaración.
A priori, de forma general, la plusvalía por venta de acciones a más de un año (B.I.Ahorro) es, fiscalmente, mejor que la venta a menos de un año (B.I.General) pero es importante aclarar (conocer) que, dependiendo de cuáles sean tus otras rentas con obligación tributaria y tu situación personal (e.g. sin rentas del trabajo, sin rentas del ahorro, etc.) puede ser mínima esa diferencia fiscal… es cuestión de que hagas varios cálculos con el programa simulador y del programa PADRE una vez disponible.
Recuerda también que la pérdida por la quita se realiza en la declaración del ejercicio 2013 (a realizar en 2014), y subsiguientes cuatro años hasta compensar la pérdida con rentas del ahorro, pero, al no haber vendido aún las acciones, si las vendes en 2014 la declaración de ganancias o pérdidas será ya parte de la declaración del ejercicio 2014 (a realizar en 2015) o del ejercicio en que realices la venta de las acciones... y como conoces por la prensa reciente se prevén cambios en los tipos tributarios a aplicar, según sea la naturaleza de la renta, a partir del 01.01.2015... y, según cada caso particular y la distribución de rentas (trabajo, ahorro, etc.), esas modificaciones pueden, a su vez, hacer cambiar las reglas "a priori" generales.
Un saludo.
Josu, eres genial. Cómo estás siempre al quite para ayudar en estas cosas, que a mi me parecen complicadííííísimas.
Besos
¡¡¡Animo compañera a ti y a tus padres!!!, mas tarde eso si, pero tendran que doblegar y devolveros lo que legitimamente y por derecho os pertenece, fruto de vuestro sacrificio y trabajo. Ya van tres sentencias en la audiencia provincial de Madrid, que ratifican las sentencias favorables a los estafados en primera instancia, dos conseguidas por Arriaga y otra por el despacho de Chamorro, las cuales son sumamente contundentes contra Bankia.
Estos hjdp, nos denegaron el arbitraje a mis padres a titulo postumo, a pesar de mandarles la biografia de mis padres, escrita por mis hermanos y yo, no han tenido ni el mas minimo de sentimiento humano. Es mas, contestan como si padre aun viviese, y diciendo que la documentacion que presentamos, cuando en realidad no presentamos documentacion alguna, lo que demuestra que ni lo miraron ni leyeron que mi padre habia fallecido.
Solamente les deseo, a ellos a sus descendientes en la misma proporcion el mayor de los sufrimientos que nos estan causando.
Lo dicho animo, y a seguir luchando desde las trincheras y por supuesto, judicialmente, por todo ello, no me arrepiento de cuanto le dije a Blesa en su propia cara, en Capitan Haya.
Gracias Raquel... es lo "divertido" que tiene aprender, o querer aprender, las reglas de juego del IRPF y las preferentes.
Por ejemplo, ¿sabías que aquellos que habéis ganado el juicio de preferentes de Caja Madrid habéis pagado, aproximadamente, 17 € más de impuestos por cada 1.000 € invertidos en preferentes de los que os habría tocado pagar?... ¡vale!, vale, lo he escrito así para que alguno de aquellos comentarios que se escribían/escribíamos por este foro hace unos meses/años alguien tenga la curiosidad de saber si, en su caso (depende de la distribución de rentas del ahorro/trabajo), le pueda interesar o no hacer las cuentas... y rehacer las declaraciones de los ejercicios de 2009 (medio año), 2010, 2011 y 2012 (un trimestre)... y, si no le merece la pena o por el contrario le sale que tendría que pagar más de lo que pagó, al menos has pasado un rato "divertido".
Ahora, dejo que la curiosidad os anime un poco esta mañana gris en Madrid... un saludo
Preferentes Bankia hoy: Semana del 24 de febrero al 2 de marzo de 2014
Yo de tí me montaba una asesoría con estas cosas o cobraba un poco; así te vas desquitando (muy muy) poco a poco de la quita :D
A mí esas cosas me suenan todavía a coreano profundo, pero cada vez menos.