Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
El último estreno de la temporada:
https://twitter.com/iaranjuez/status/736972853313175552?s=08
Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Por si le sirve a alguien, de todos modos los borradores hay que revisarlos porque algunas veces viene con errores.
Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Buenas tardes Goyo:
En mi caso, similar al tuyo, ha resultado lo que sigue (lo expongo por si puede servir de orientación, a tí y a otros de nuestros compañeros de fatigas; también por si alguien puede aportar una mejora a lo que voy a exponer):
En 2015 obtuve sentencia a favor por importe de 7.000 euros (aproximadamente), en concepto de indemnización de daños y perjuicios, más los intereses legales desde la fecha de venta de las acciones hasta su completo pago o consignación; y con imposición de costas a la parte demandada; contra BANCO FINANCIERO Y DE AHORRO y BANKIA.
Los 7.000 euros de la demanda correspondían:
2.200 euros a la pérdida en el canje de las obligaciones por acciones, a desgravar como rendimientos negativos del capital mobiliario en la base imponible del ahorro, y
4.800 euros a la pérdida en la venta de las acciones, a integrar en la base imponible general.
De estas cantidades quedaban pendientes de desgravar en el ejercicio 2015:
200 euros en la base imponible del ahorro, y
1.400 euros en la base imponible general.
Pues bien,
Parece ser que por un cambio de criterio de Hacienda, he de integrar, las dos cantidades pendientes de compensar, en la base imponible del ahorro. Es decir: no solo los 200 euros que estaban destinados a serlo (casilla 370 de la declaración de 2013 ), sino también los 1.400 euros que, en su momento, tenían que compensarse en la base imponible general (casilla 367 de la declaración de 2013).
Manual de la Renta de 2015 (página 439):
"Por su parte, las pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de valores que se hayan recibido en sustitución de participaciones preferentes o deuda subordinada, correspondientes a los períodos impositivos 2011 a 2014, se compensarán en primer lugar con el saldo positivo de pérdidas y ganancias patrimoniales correspondientes al ejercicio 2015, una vez minorado dicho saldo por la compensación del saldo negativo, si lo hubiera, de rendimientos de capital mobiliario obtenidas en el ejercicio 2015. El resto no compensado se podrá compensar con el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario correspondientes a 2015 y hasta su importe."
Por el contrario, la totalidad de la indemnización concedida por el juez, que corresponde a dos orígenes distintos, como ya he dicho, y que, por lo tanto, le correspondía un tratamiento fiscal diferenciado en su origen, debo incluirla íntegramente en la base imponible general.
Para que te hagas una idea de lo que te puede resultar: en mi caso, si no incluyo la indemnización, me resulta a pagar en renta unos 400€. Por el contrario, si incluyo los 7.000 euros en la casilla 266 como parece que debo hacer, me sale a pagar unos 3.000 euros.
La cuestión de las costas e intereses legales los trataré en otro mensaje para no liar las cosas.
Saludos cordiales.
Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
¿A pagar 3000 por recuperar 7000 euros que no ganaste, sino que eran tuyos? Parece un castigo del PP a los afectados que no se han resignado a perder lo que les estafaron, y han decidido luchar por recuperar lo suyo. Como la justicia ya tiene claro que las preferentes fue una gran estafa, y que es ilícito que Bankia se quede con lo que mediante engaño expropió, pues toma dos tazas, por "00" el actual Gobierno en funciones se niega a devolver íntegramente los ahorros a sus legítimos propietarios... veremos que pasa después de las ya segundas elecciones!
Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Bueno, Goyo, no te indignes demasiado. Tienes razón, pero sólo en parte. Me explico. Es cierto que hay injusticia, pero no tan grande como a tí te ha parecido.
Por un lado, si no incluyo la indemnización me sale a pagar unos 400 euros. Por lo tanto, la diferencia entre incluir y no incluir la indemnización no es de 3.000 euros, sino de 3.000 - 400 = 2.600 euros.
Por otro lado, en los dos ejercicios anteriores a partir del 2013, que fué cuando se produjo la pérdida, me desgravé 3.400 euros de la base imponible general, desgravación que entonces jugó a mi favor y ahora juega en mi contra, pero puede decirse que, al menos en lo que concierne a esta cantidad, hay equidad.
La injustica está en el resto, es decir, en la diferencia entre los 7.000 euros totales de la pérdida y correspondiente indemnización, y esos 3.400 euros que acabo de mencionar. Y la injusticia consiste en que, esos 3.600 euros de diferencia, los he desgravado o se me permite hacerlo de la base imponible del ahorro, que tributa a un porcentaje bastante menor al de la base imponible general, y que en mi caso viene a ser casi el doble una de la otra.
Donde si que se produce una gran injusticia, que hay que sumar a la anterior, es la de tener que considerar las costas como ganancia y tributar por ello en la base imponible general, cuando las mismas pasan por delante de nuestras narices y van directamente a manos del abogado (no las he incluido ni he hablado de ellas porque todavía no me las han pagado y desconozco su cuantía, así como los intereses legales; cuando me lleguen ambas cosas tendré que hacer una declaración complementaria). Esa si que es una injusticia total y absoluta y que indica claramente la mentalidad de quienes nos gobiernan, que permiten que los poderosos, sus amigos, puedan traer de los paraísos fiscales las cantidades escondidas en ellos, en muchas ocasiones de dudosa procedencia, pagando unos porcentajes ridículos, según se nos anuncia en las noticias todos los días, y a nosotros nos obligan a pagar unos porcentajes más que respetables por un dinero legal, ganado con sudor y lágrimas, y que encima prácticamente ni vemos.
Conclusión, Goyo. Dentro de poco hay elecciones. Yo tengo muy claro dos cosas.
Primera: que voy a votar. Porque si no lo hago, en realidad favorezco a los que no quiero que ganen.
Segunda: a quién no voy a votar.
Saludos cordiales, amigo Goyo.
Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Ojo con el atacao ese de ciudadans que lo unico que ha hecho en su vida es politicucho y trabajar un par de agnos en la caixa....Vuelve el criminal de blesa por los juzgados.