Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
Ah, y según tú, si quieres retirar un 15% ¿cuándo hay que vender las AFS? ya sé que dices después del canje, pero concretamente ¿cuándo?, cuando suban a 100%, cuando suban a 80%, cuando suban a 60%, dentro de un tiempo concreto, pongamos 1 año, 2, 5 años tal vez ¿¿¿???
porque está muy bonito decir que si quieres retirar un 15% lo hagas después del canje, pero eso hay que defenderlo con números, y hombre, respecto de que si eroski peta las dos opciones salen perdiendo, igualito es perder 35 que perder 20, igualito igualito.
La opción que más dinero da a ganar (según tú) es la que estás midiendo en términos de beneficio, y no de rentabilidad, y para mi eso es un error como un castillo de grande, aparte de la pésima gestión del riesgo que supone tener la posibilidad de reducir el riesgo casi un 50% a cambio de una misma rentabilidad y no hacerlo.
Y una cuestión más, como eroski es un régimen de cooperativa, lo normal es que cuando llegase el día de poder amortizar anticipadamente las AFS o las O.S. se votara, si partimos de la base de que la mayoría de las AFS son de cooperativistas que van a aprobar el canje ¿cuál crees que amortizarían antes, las O.S. suyas que han canjeado, o las del x% que se ha quedado con las AFS? yo lo tengo claro, tan claro, que con los 15 euros que recupere del canje, una de las opciones para reinvertirlos será comprar más O.S. si el precio me gusta y no se dispara al alza desde el primer día, cosa que por cierto a las O.S. hay muchas más probabilidades de que le suceda que a las AFS, para usar esos 15 euros en volver a comprar AFS les exigiría un suculento descuento en el precio, porque a precios parecidos para mi no hay color entre un instrumento y otro, por prelación, por liquidez y por vencimiento.