Yo creo que el periodista no ha leido bien (o ha mezclado con las adquisiciones de acciones propias de las empresas para amortizarlas).
En la convocatoria lo pone muy claro: "Adquirir y mantener en cartera .... hasta un importe máximo del 10% del capital"
ACUERDO:Único. - “Autorizar al Consejo Rector para que pueda adquirir y mantener en cartera Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS) de las Emisiones 2002, 2003, 2004 y 2007, directamente o a través de cualquier sociedad de su grupo o vinculada, hasta un importe máximo igual al 10% del capital de la Sociedad (incluyendo a estos efectos el importe de todas las emisiones de AFS), en los términos y condiciones que se estimen oportunos, y con las garantías establecidas por la legislación vigente. El precio de compra de las AFS que adquiera la sociedad no podrá ser inferior ni superior en más de un 50% al último precio de cotización en el mercado en que las AFS coticen o al precio de cotización que en su caso publique cualquier entidad de liquidez. Por excepción, el precio de compra a las entidades de liquidez de cualesquiera contratos celebrados o a celebrar por la sociedad, será igual al precio de compra que se determine en los respectivos contratos otorgados o que se otorguen con las citadas entidades de liquidez. La presente autorización para adquirir AFS por la sociedad se otorga por un plazo máximo de 18 meses.”