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Re: Obligaciones de Eroski y Fagor
A ver si hay en el foro alguien que me pueda ayudar porque de esto entiendo poco (presentación de afectado), aunque hablando en serio me encuentro algo perdido en lo que voy a explicar y a ver si tenemos suerte y contamos con alguien en el foro con conocimiento de estos temas.
Parto de dos premisas:
El año pasado ha cambiado la ley concursal, y parece ser que a partir de ese cambio los accionistas (y supongo en Eroski los cooperativistas) ya no tienen la última palabra para aceptar una dilución en un plan de reestructuración en el que los acreedores capitalizan la deuda y acaban como propietarios de la empresa.
Los fondos distressed de Eroski son Davidson Kempner, Sculptor, Hayfin, Skelton Capital, y Cross Ocean, sabiendo que Davidson Kempner ha entrado en el capital de Siro y por lo tanto es proclive a gestionar capitalización de deuda.
Además una suposición:
El vencimiento en el año 2024 no se va a poder atender con la previsible venta del 50% que resta de las filiales que tienen Caprabo y Vegalsa, por lo que habría que refinanciar o llegar a otro tipo de acuerdo, con el horizonte en el año 2028 del vencimiento de los bonos y con la necesidad de contabilizar la pérdida en el fondo de comercio por la venta de las filiales.
Y recientemente parece que hay algunos antecedentes en el mundo distressed:
Pronovias y Telepizza en la que ha habido acuerdo de cambio de propiedad al pasar a los acreedores financieros capitalizando deuda aunque parece que ha sido de forma negociada y no judicial, si bien es cierto que en el primer caso el propietario era una familia y en el segundo caso un fondo de inversión, por lo que el número de propietarios era muy reducido..
Naviera Armas y Celsa que están en negociaciones y la primera parece que va a haber acuerdo amistoso, mientras que la segunda es posible que se acabe en el juzgado.
Y aquí vienen las preguntas por si alguien puede contestar:
1º) ¿Sería igual en una cooperativa que en una sociedad?
2º) Supongo que un plan de reestructuración "forzoso" a falta de acuerdo requiere previamente la declaración de concurso, porque se hace en sede concursal ¿es así? ese plan de reestructuración se puede presentar ya cerrado simultáneamente a la solicitud de concurso ¿o hay que tramitar el concurso y después en su evolución formalizar el plan de reestructuración con la capitalización de la deuda? Si no se aprueba el plan de reestructuración con capitalización ¿necesariamente se va a la liquidación?
3º) Supongo igualmente que si hay capitalización por el grupo de acreedores senior eso arrastra a los acreedores subordinados que también se ven obligados a capitalizar ¿es así? ¿se pueden poner peores condiciones, por ejemplo ecuación de canje, a los subordinados que al resto? ¿se pueden imponer quitas forzosas más elevadas que al resto?
4º) ¿Hay constituido un sindicato de bonistas o algo parecido para las tres emisiones?
5º) Si estuviera constituido ¿Alguien conoce quién es el representante de ese sindicato y la forma de contactar?
Todas estas preguntas son porque conociendo que los fondos han entrado al 55% de la deuda lo que están pensando es que ese es un buen precio para poder vender en el futuro eroski a un comprador, y si los subordinados tenemos igual trato yo me quedo tranquilo, pero si podemos tener peor trato me fio poco de los fondos.
Gracias si alguien tiene opinión informada.
Parto de dos premisas:
El año pasado ha cambiado la ley concursal, y parece ser que a partir de ese cambio los accionistas (y supongo en Eroski los cooperativistas) ya no tienen la última palabra para aceptar una dilución en un plan de reestructuración en el que los acreedores capitalizan la deuda y acaban como propietarios de la empresa.
Los fondos distressed de Eroski son Davidson Kempner, Sculptor, Hayfin, Skelton Capital, y Cross Ocean, sabiendo que Davidson Kempner ha entrado en el capital de Siro y por lo tanto es proclive a gestionar capitalización de deuda.
Además una suposición:
El vencimiento en el año 2024 no se va a poder atender con la previsible venta del 50% que resta de las filiales que tienen Caprabo y Vegalsa, por lo que habría que refinanciar o llegar a otro tipo de acuerdo, con el horizonte en el año 2028 del vencimiento de los bonos y con la necesidad de contabilizar la pérdida en el fondo de comercio por la venta de las filiales.
Y recientemente parece que hay algunos antecedentes en el mundo distressed:
Pronovias y Telepizza en la que ha habido acuerdo de cambio de propiedad al pasar a los acreedores financieros capitalizando deuda aunque parece que ha sido de forma negociada y no judicial, si bien es cierto que en el primer caso el propietario era una familia y en el segundo caso un fondo de inversión, por lo que el número de propietarios era muy reducido..
Naviera Armas y Celsa que están en negociaciones y la primera parece que va a haber acuerdo amistoso, mientras que la segunda es posible que se acabe en el juzgado.
Y aquí vienen las preguntas por si alguien puede contestar:
1º) ¿Sería igual en una cooperativa que en una sociedad?
2º) Supongo que un plan de reestructuración "forzoso" a falta de acuerdo requiere previamente la declaración de concurso, porque se hace en sede concursal ¿es así? ese plan de reestructuración se puede presentar ya cerrado simultáneamente a la solicitud de concurso ¿o hay que tramitar el concurso y después en su evolución formalizar el plan de reestructuración con la capitalización de la deuda? Si no se aprueba el plan de reestructuración con capitalización ¿necesariamente se va a la liquidación?
3º) Supongo igualmente que si hay capitalización por el grupo de acreedores senior eso arrastra a los acreedores subordinados que también se ven obligados a capitalizar ¿es así? ¿se pueden poner peores condiciones, por ejemplo ecuación de canje, a los subordinados que al resto? ¿se pueden imponer quitas forzosas más elevadas que al resto?
4º) ¿Hay constituido un sindicato de bonistas o algo parecido para las tres emisiones?
5º) Si estuviera constituido ¿Alguien conoce quién es el representante de ese sindicato y la forma de contactar?
Todas estas preguntas son porque conociendo que los fondos han entrado al 55% de la deuda lo que están pensando es que ese es un buen precio para poder vender en el futuro eroski a un comprador, y si los subordinados tenemos igual trato yo me quedo tranquilo, pero si podemos tener peor trato me fio poco de los fondos.
Gracias si alguien tiene opinión informada.