Si te aprueban el arbitraje, conservas las acciones, pero puedes venderlas en el mismo momento que te lo aprueban (no cuando te dan el laudo, sino cuando firmas la aceptación del arbitraje). Como al obtener el laudo, te reintegran la diferencia entre lo que tenías originalmente, y lo que conservas con en valor que tienes en acciones, es decir, te ingresan lo que has perdido (restando la diferencia de intereses percibidos respecto a un IPC) si vendieras las acciones al precio que estén en ese momento, pues vendes las acciones, y de esta forma recuperas todos tus ahorros (menos la diferencia de los intereses que se habían cobrado de mas).
Mi pareja y yo firmamos el arbitraje ayer por la tarde (bueno, falta que nos aprueben uno de uno de los "packs" de preferentes que compramos) y quisimos vender las acciones en seguida... pero el empleado nos convenció (mejor dicho, me dejé convencer!) que, de momento, si no nos urgía el dinero, las mantuviéramos... no para especular con ellas por si remontan en un futuro (que muy seguramente lo harán!), sinó porque era jueves tarde, la bolsa estaba cerrada, y se hubieran vendido al precio del dia siguiente, sin saber al valor que estarían (que puede ser mayor, o menor, sorpresa!). También porque, de los cupones cobrados (que descuentan en el arbitraje, añadiendo lo que se hubiera cobrado en un IPC), la parte que se quedó hacienda (según nos comentó) no la devuelven con la declaración; únicamente compensan pérdidas gananciales con las ganacias que se tengan en los próximos años (no pienso mantener las acciones años, pero si venderlas un poco más altas para compensar estas pérdidas!).
Además, y de esto me di cuenta cuando estuvimos a punto de marcar la opción de "vender las acciones", aún no tenemos el laudo positivo, ni la total certeza de que vamos a ver nuestros ahorros reingresados (aunque, en principio, lo tendremos con casi total probabilidad!) y el vender las acciones y recuperar sólo esa parte (en nuestro caso, algo menos de 1/3 de nuestros ahorros) sin estar totalmente seguros de recuperar el resto, produce una extraña sensación de angustia... angustia que también nos produce el mantener unas acciones que no queremos ahora que nos han aceptado para el arbitraje... pero, por el momento, preferimos esperar, al menos hasta tener el la respuesta de Consumo, para deshacernos de ellas (merezco una colleja, aconsejo encarnizadamente vender las acciones, y luego, cuando tengo que dar ejemplo, me acobardo!). En fin, esto lo expondré en el hilo del arbitraje, explicando que es lo que decían los documentos que firmamos y cómo fué la gestión (bastante bien, por cierto!)...
Aunque la via judicial que has escogido es más incómoda y lenta que el arbitraje, también está dando sus frutos, ya que a gran parte de afectados les está dando la razón la justicia. Según he oído (no lo puedo confirmar!), Bankia está dejando de recurrir sentencias, porque incluso está perdiendo los recursos, y hay muchos miles de afectados que han presentado demanda (el hacer frente a tantas demandas y recursos están desgastando a la entidad!). Creo que Bankia se va a tener que plantear la solución que ha sacado Novacaixa Galicia para los afectados que no se acogieron al arbitraje, y denunciaron. Se trata de una especie de "arbitraje judicial", que tiene como ventaja que el acuerdo no ha de obtener el laudo positivo de Consumo. Básicamente se trata de llegar a un acuerdo con aquellos clientes que han iniciado una demanda judicial, sobre la cual aún no se ha dictado sentencia. La entidad acuerda con el cliente lo que se hubiera acordado con el arbitraje, solo que en este caso es un acuerdo extrajudicial, para evitar el juicio. Es una suposición, pero creo que es cuestión de tiempo que Bankia se plantee un acuerdo así para los que habeís iniciado una demanda...