Un laudo arbitral, fuera del mundo deportivo, claro está, es la resolución que fija un árbitro entre dos partes en conflicto. El mecanismo que articula la consecución de un laudo arbitral se regula mediante el arbitraje.
El arbitraje es un procedimiento voluntario, por lo que la empresa puede estar adherida libremente a cualquier junta arbitral o puede no estarlo. En el caso de que un usuario recurra a una junta arbitral para resolver un conflicto y la empresa no esté adjherida, se procederá a invitar a la empresa a la resolución arbitral del conflicto. Si la empresa desestima este procedimiento, la junta arbitral no puede seguir adelante con el procedimiento.
Si la empresa ya se encuentra adherida a una junta arbitral, el procedimiento comienza mediante el nombramiento de un colegio arbitral. En este colegio arbitral, se incluyen representantes de los consumidores mediante las distintas asociaciones, representantes empresariales y representantes de la administración pública.
El procedimiento arbitral dicta audiencia para las partes, para que aporten los medios de prueba que estimen oportunos y justifiquen sus actuaciones o materias de defensa o ataque sobre la reclamación dictada. Una vez finaliza el trámite de audiencia, el colegio arbitral dictará un laudo arbitral resolviendo la reclamación o discrepancia surgida entre las partes. Este laudo arbitral tiene el mismo alcance que una sentencia judicial a efectos de cumplimiento.
En el caso de discrepancia con el laudo, se puede recurrir contra el propio laudo, bien ante la Audiencia Provincial, bien ante el Tribunal Supremo siempre y cuando no se entre a formular reclamación contra el propio contenido del laudo. Se requerirán defectos de forma, aportación de nuevas pruebas o errores materiales o formales que se hayan cometido durante el procedimiento.
En todo caso, el procedimiento arbitral es gratuito para las partes, salvo los hipotéticos informes periciales o medios de prueba que tengan coste que se requieran durante el trámite de audiencia. Para iniciar un procedimiento de arbitraje, basta con dirigirnos a las autoridades de consumo de nuestra comunidad autónoma, como organismos que gestionan los procedimientos arbitrales que tengan lugar dentro de nuestra jurisdicción.